El Poder Judicial informó que la Corte Suprema declaró infundada en todos sus extremos la demanda de acción popular interpuesta contra el concepto de enfoque de género en el Currículo Nacional de Educación Básica.
Fue la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial la que resolvió el caso ante la demanda interpuesta por el colectivo Padres en Acción (PEA) contra el enfoque de género del Currículo Nacional de Educación Básica. El voto dirimente fue del magistrado Omar Toledo Toribio.
En enero del 2017, el colectivo PEA demandó al Ministerio de Educación (Minedu) al considerar que la guía pedagógica fue aprobada sin el consenso de los padres de familia. También argumentan que el documento incluye nociones de lo que denominan ‘ideología de género’.
El Poder Judicial había otorgado una medida cautelar otorgada al colectivo de padres para suspender un texto incluido en el currículo sobre la construcción sexual del género.