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Callao: A partir de hoy multarán a conductores que superen el límite de velocidad de 50 km/h en avenidas

En las calles y jirones de las zonas urbanas del Callao los conductores no deberán exceder los 30 km/h (antes era 40 km/h).
Callao: A partir de hoy multarán a conductores que superen los 50KM/H en avenidas

A partir de este lunes, 18 de julio, los conductores no deberán superar los 50 km/h en las avenidas del Callao, ya que serán multados en caso de incumplimiento. Esto tras la entrada en vigencia de los nuevos límites de velocidad en las vías del país.

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La Municipalidad del Callao indicó que antes se permitía el desplazamiento a 60 km/h en las avenidas, sin embargo, como medida preventiva para reducir las cifras de accidentes de tránsito y las infracciones por alta velocidad, se ejecutarán las nuevas disposiciones sobre alta velocidad ordenadas por el decreto supremo N° 025-2021 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Dicho decreto indica, además, que en las calles y jirones de las zonas urbanas del Callao los conductores no deberán exceder los 30 km/h (antes era 40 km/h). Estos nuevos límites máximos de velocidad deberán ser respetados por los conductores para no recibir las sanciones o multas respectivas.

La Municipalidad Provincial del Callao informó que cumplió con el tiempo que le otorgó la norma para implementar la señalización de los nuevos límites de velocidad y cuyo plazo venció el 17 de julio de 2022, por lo que a partir de este lunes y hasta el próximo 24 de julio se empezará con una marcha blanca y, cuando esta culmine, se empezará a fiscalizar y sancionar conforme al reglamento.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

La comuna chalaca recordó cuáles son las multas que se aplicarán por no respetar el límite máximo y mínimo de velocidad establecido.

Así según los siguientes supuestos, las multas son:

a) Los conductores que excedan el límite hasta en 10 km/h adicional incurrirán en la infracción M20a, sancionada con una multa equivalente al 18% de la UIT y con 50 puntos en contra en su historial.

b) Si el exceso de velocidad supera el límite máximo establecido en más de 10 km/h hasta en 30 km/h adicionales, la infracción será M20b y la multa será el equivalente al 24% de una UIT y con 60 puntos en el récord del conductor.

c) En caso de superar el límite máximo establecido en más de 30 km/h adicionales, la infracción será de M20c y multa será de 50% de la UIT y 70 puntos acumulados en contra en su historial.

d) Por no respetar el límite mínimo de velocidad establecido la multa será de 18% de la UIT y 50 puntos acumulados en contra en su historial.

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