¡Alarma en Cajamarca! El Ministerio de Salud declaró en emergencia sanitaria por 90 días los distritos de Jaén y Bellavista, en la provincia de Jaén, por un brote de dengue y zika.
Según el Decreto Supremo N° 019-2019-SA, publicado hoy en el boletín de normas legales del diario El Peruano, precisa que el Minsa, el Instituto Nacional de Salud (INS) y a la Dirección Subregional de Salud Jaén de la Dirección Regional de Salud Cajamarca del Gobierno Regional se encargarán de realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de acción “Emergencia sanitaria en los distritos de Jaén y Bellavista, por brote de zika y dengue 2019”.
-Casos confirmados-
La emergencia sanitaria se sustenta en el Oficio N° 324-2019-GR-CAJ-GR-/GRPPAT, del Gobierno Regional de Cajamarca, en el que solicita que se declare en emergencia sanitaria a la provincia de Jaén, “debido a que se vienen presentando múltiples casos de zika y dengue en dicha provincia”.
En los considerados de la norma se cita la solicitud presentada por el Gobierno Regional de Cajamarca donde pide que se declare en emergencia sanitaria a la provincia de Jaén, “debido a que se vienen presentando múltiples casos de zika y dengue en dicha provincia”.
Además, menciona el Informe N° 04-2019-GTMAOEVT-CDC/MINSA, elaborado por el Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades que precisa que el dengue tiene un comportamiento endémico y que en la semana epidemiológica 20, el 100 por ciento de los casos confirmados de zika en el presente año son procedentes del distrito de Jaén de la Subregión de Salud Jaén.
A este informe se suma el documento N° 015-2019-ERPS-DCPEM-DGIESP/MINSA, elaborado por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Minsa que confirma que actualmente la ciudad de Jaén afronta brotes de zika y dengue.
En el informe señala que hasta la semana epidemiológica 25 de este año, se reportó 289 casos confirmados de zika, de los que 22 corresponden a gestantes; y que, se notificó 1,124 casos de dengue, de los cuales se confirmaron 186.
Agrega que el distrito de Bellavista debe fortalecer todas sus actividades preventivas y de control, así como garantizar la continuidad de la respuesta de los servicios, por encontrarse en riesgo por contigüidad geográfica con el distrito de Jaén.
Por último, la norma cita el informe de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Minsa que manifiesta que los índices aédicos reportados para Jaén en mayo de este año, oscilan entre 7 a 11.7 por ciento, considerados de alto riego; indicando además que las acciones de control vectorial focalizadas no han sido suficientes para lograr el control del brote de zika y dengue en la ciudad de Jaén.
-Garantizar servicios de salud-
La norma se sustenta en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2014-SA.
Con respecto a los bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentar la emergencia sanitaria, se precisa que las contrataciones que se realicen al amparo de la presente norma deberán destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad.
El D.S. precisa que las entidades intervinientes deberán informar respecto de las actividades y recursos ejecutados en el marco del Plan de Acción al que se hace mención en el referido artículo del presente Decreto Supremo, así como sobre los resultados alcanzados.
La norma lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra; y es refrendado por la ministra de Salud, Zulema Tomás Gonzales.