El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en 53 distritos de algunas provincias de los departamento de Arequipa y Huánuco, por desastre debido a intensas precipitaciones pluviales.
Mediante un Decreto Supremo N° 040-2019 publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que esta medida tiene vigencia de 60 días calendario, en los siguientes distritos:
REGIÓN AREQUIPA
Provincia Arequipa: Miraflores y Paucarpata.Provincia Condesuyos: Chuquibamba y Salamanca.
Provincia Castilla: Uraca, Huancarqui, Choco y Pampacolca.
Provincia Caylloma: Caylloma, Coporaque, Huambo, Maca, Tuti, Lari, San Antonio de Chuca, Callalli, Lluta, Tisco, Ichupampa y Madrigal.
Provincia Islay: Cocachacra y Punta de Bombón.
Provincia de Camaná: Nicolás de Piérola.
Provincia de Caravelí: Quicacha, Chaparra y Jaqui.
Provincia La Unión: Huaynacotas y Alca.
REGIÓN HUÁNUCO
Provincia de Huánuco: San Pedro de Chaulan, Pillco Marca, Yacus, Yarumayo, Churubamba y Margos.
Provincia de Lauricocha: Baños y San Miguel de Cauri.
Provincia de Yarowilca: Choras.
Provincia Puerto Inca: Codo del Pozuzo y Honoria.
Provincia de Huacaybamba: Huaycaybamba y Canchabamba.
Provincia de Pachitea: Molino y Panao.
Provincia de Dos de Mayo: Chuquis, Marías, Pachas, Quivilla y Sillapata.
Provincia de Ambo: Ambo, San Francisco, San Rafael, Cayna y Colpas.
La medida se sustenta en los informes N° 00023-2019-Indeci/11.0 y N° 00024-2019-Indeci/11.0, de fecha 22 de febrero de 2019, de la Dirección de Respuesta de dicha Entidad, el cual se informa que debido a fuertes precipitaciones pluviales, se vienen registrando deslizamientos y huaicos en diversas zonas de los departamentos de Arequipa y Huánuco.
Esto viene afectando la vida, la salud de la población y las viviendas, así como generando colapsos de infraestructura vial, productiva y de servicios, resultando necesaria la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado.
La norma dispone que los gobiernos regionales de Arequipa y Huánuco con los gobiernos locales involucrados, la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda, "continuarán ejecutando las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el desastre".
La norma agrega que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.
El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de la Producción y el Ministro de Energía y Minas.