¿Sabes si te toca descansar el lunes de 2 de mayo? Con motivo del feriado por el Día Internacional del Trabajo (Día Internacional de los Trabajadores), que se celebra este domingo 1 de mayo, el gobierno ha dictado una serie de medidas con la intención de que los trabajadores puedan disfrutar más tiempo en familia, así como pasear o viajar con el objetivo de ayudar a impulsar ciertos sectores como el turismo.
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De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, los trabajadores del sector público tendrán la oportunidad de disfrutar, este fin de semana, de un feriado largo de tres días, al haberse declarado, además del feriado del 1 de mayo, como día laborable el lunes 2 de mayo. ¿Sabes cómo se compesarán esos días y a quiénes les corresponde tener un feriado largo?
No, pero sí día no laborable, así que debes reponer las horas del día que descansas. En ese caso, los trabajadores del sector público podrán descansar este lunes 2 de mayo, debido a que ha sido declarado día no laborable para tener en feriado largo con motivo del Día del Trabajo, que es el 1 de mayo, de acuerdo con una norma aprobada por el Poder Ejecutivo, que busca además incentivar el turismo.
En el caso del sector privado,el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, podrán acogerse a este día no laborable, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. Sin embargo, si no llega a un acuerdo, decidirá el empleador.
A diferencia del feriado del Día del Trabajo, que es no sustituible, las horas que dejarás de laborar este lunes 2 de mayo 2022 deben ser compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus necesidades.
El día no laborable del 2 de mayo no abarca a todas las actividades económicas, sobre todo a las de especial relevancia para la comunidad. En ese sentido, las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan determinados servicios (sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos) están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables declarados por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM. Los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
Además del lunes 2 de mayo, quedan pendientes estos días no laborables en el año, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM.
Son los siguientes:
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