Carolina Herrera nació en Cerro de Pasco, vive en Ate-Vitarte, en una vivienda con el número 212, como la conocida línea de perfumes que lleva su nombre. Pero no nos referimos a la icónica diseñadora venezolana, sino a un homónima peruana, una empresaria que recientemente le ganó una batalla legal en Indecopi a la gigantesca casa de modas internacional, que quiso impedirle utilizar su nombre.
Ella se llama en realidad María Carolina Herrera Herrera y es de dueña de la marca ‘La Jabonera by María Herrera’, una pequeña empresa de jabones artesanales destina para costear las esterilizaciones de animales en abandono. “Para dejar un mundo mejor; al final la plata es mía”, dijo en una entrevista difundida este domingo por Panorama.
A diferencia de la referente de lujo, quien factura al menos 255 millones de euros en sus más de 350 tiendas repartidas por el mundo y es foco de los paparazzi, ella apenas tiene 136 seguidores en Instagram y rehuía las cámaras hasta que, hace dos años, tuvo que enfrentarse a una batalla legal en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) por el uso comercial del apellido que comparten.
“Carolina Herrera es mi nombre, lo tengo en mi documento de identidad y soy peruana. Tengo todo el derecho de usarlo como a mí me convenga y me parezca”, declaró al dominical la peruana, que no usa ninguna fragancia de su homónima porque prefiere la línea de Elizabeth Arden.
La mujer de Cerro de Pasco contó que la inscripción de su marca fue un regalo de su hijo, Darío Morales, egresado de la carrera de Derecho de la Universidad Mayor de San Marcos. “Mi hijo me quiso dar una sorpresa por Navidad y registrar la marca. Al poco tiempo me llegó una notificación de un abogado que me dijo: ‘Señora, ¿no quiere que la asesore en el problema que tiene en INDECOPI?. Y yo dije: ¡Qué!’”, recordó.
La diseñadora venezolana envió en noviembre de 2021 un documento para frenar el registro de ‘La Jabonera by María Herrera’, marca de María Carolina Herrera Herrera, quien había iniciado el procedimiento un mes antes.
La empresaria peruana solicitó el registro de su marca para distintos productos de la clase 3 de la nomenclatura oficial, que incluye preparaciones para blanquear, jabones no medicinales y productos de perfumería.
Sin embargo, Carolina Herrera Ltd., con sede en Estados Unidos, se opuso bajo el argumento de que es titular de registros de marcas en la misma clase, el signo solicitado era similar a sus marcas y se refiere a productos idénticos y sus marcas conforman una familia basada en el término ‘Herrera’.
“Yo sabía que era Carolina Herrera, que hay un estudio que les lleva los casos en cada país. Ante la primera apelación dije: ‘ya fue’, pero mi hijo me dijo ‘vamos a lucharla’”, comentó al programa de Panamericana TV
Así pues, durante varios meses, ambas partes se enfrascaron en una disputa legal, cada una con sus argumentos. Carolina Herrera aseguraba que ‘Herrera’ es un término distintivo y que apellidarse así no daba el derecho a nadie para obtener un registro con este nombre.
Aseguraba que nuestra compatriota confundía el derecho al uso de un apellido con el derecho de propiedad industrial: apellidarse Herrera no validaba comercializar productos bajo este apellido.
Por otro lado, la peruana María Herrera aseguraba que este apellido es común en Perú, asegurando que la marca de la diseñadora no impedía que personas que lo compartan puedan utilizarlo para identificarse en el ámbito civil. Señaló también que la presencia de otras marcas con el término ‘Herrera’ en la clase 25 de la nomenclatura oficial era irrelevante, ya que los signos analizados pertenecen a la clase 3.
Añadió que conceder el derecho exclusivo sobre el apellido ‘Herrera’ limitaría a múltiples personas la posibilidad de emplearlo para actividades económicas.
La emprendedora afirmó que no pretendía que su signo fuera similar a las marcas base de la oposición y que otorgar la exclusividad de uso del apellido a Carolina Herrera representaría un abuso de derecho. “Carolina Herrera busca excluir a otros empresarios del mercado al pretender prohibir el uso de su apellido con fines comerciales”, sostuvo.
Como parte de su defensa, trajo a colación un caso similar ocurrido en Colombia, donde la Superintendencia de Industria y Comercio declaró infundada la oposición y registró la marca “Diana Herrera belleza en tu mirada”.
Indecopi, finalmente, falló a favor de la peruana y en un proceso de inscripción en dos instancias, resolvió que no existía riesgo de confusión entre ambas marcas, ya que sus signos no eran semejantes.
Para el ente, la marca americana tenía como elemento característico el nombre completo ‘Carolina Herrera’, mientras que la marca peruana utilizaba ‘María Herrera’, lo cual hacía que se vieran y escucharan diferentes.
Concluyó además que otorgar el derecho exclusivo sobre el apellido ‘Herrera’ a Carolina Herrera habría limitado injustamente el uso de dicho apellido por otras personas en actividades comerciales.
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