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Edgar Alarcón: Subcomisión aprueba informe final por presunto delito de peculado doloso

Con 17 votos a favor, el grupo de trabajo decidió aprobar el informe elaborado por el congresista Franco Salinas, que propone acusar a Edgar Alarcón por el presunto delito contra la administración pública.

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó este lunes con 17 votos a favor el informe final de la denuncia constitucional N°372 presentada por la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, contra el , por el presunto delito de peculado doloso por apropiación agravada. La votación obtuvo también 0 abstenciones y 0 posiciones en contra.

“Con 17 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones se ha aprobado el informe final de la denuncia constitucional 372. Este informe será remitido luego de la firma de los señores congresistas a la Comisión Permanente conforme lo establece [...] el Reglamento del Congreso de la República”, anunció el presidente del grupo de trabajo, Carlos Pérez Ochoa.

El encargado de exponer el informe fue el congresista Franco Salinas, quien indicó que corresponde “acusar al denunciado, Edgar Alarcón, en su condición de ex contralor general de la República, por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso por apropiación agravada tipificado en el artículo 387 del Código Penal”.

Como se recuerda, de acuerdo a la Fiscalía, el perjuicio que habría ocasionado Alarcón Tejada al Estado ascendería a S/ 490.877, repartidos en S/ 32.417 soles en pagos con recursos de caja chica, y S/458.460, con la emisión de comprobantes de pago.

En enero del presente año, Alarcón interpuso un escrito ante la subcomisión parlamentaria, requiriendo que el caso sea archivado al considerar que los hechos que son materia de la denuncia no constituyen un delito que pueda atribuírsele.

El exparlamentario argumentó que el recurso interpuesto en su contra por la fiscal de la Nación “carece de objetividad y vulnera el principio de imputación necesaria”.

Edgar Alarcón fue suspendido en el cargo hasta que se resuelva la acusación constitucional en su contra aprobada por el Congreso, por ser el presunto autor del delito contra la administración pública, enriquecimiento ilícito agravado, previsto y sancionado en el artículo 401 del Código Penal, en agravio del Estado.





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