El Gobierno de Pedro Castillo decidió poner fin a la suspensión perfecta laboral, establecida mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2020, como medida excepcional durante el mandato de Martín Vizcarra ante el impacto de la pandemia del COVID-19 en Perú.
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Según Decreto de Urgencia Nº 087-2021, publicado este jueves en el Diario Oficial El Peruano, la medida excepcional regirá solamente hasta el próximo 2 de octubre de de este año.
Entre los sustentos de dicha decisión se encuentran el avance de la reanudación progresiva y gradual de actividades económicas y las nuevas medidas focalizadas adoptadas en el marco del Estado de Emergencia Nacional.
El Poder Ejecutivo considera que las medidas tomadas “han permitido el retorno a las actividades con disciplina y priorizando la salud, lo cual trae como resultado una progresiva recuperación de la producción nacional” y del empleo formal.
En agosto, el presidente del Consejo de Ministros, Guido Bellido, había adelantado que el Gobierno derogaría el decreto sobre la suspensión perfecta de labores.
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“Anunciamos un diálogo franco y respetuoso con empleadores y trabajadores para revisar la agenda laboral pendiente en el país, que incluye el fortalecimiento de la Sunafil, la negociación colectiva por rama de actividad, la regulación de la tercerización, y la derogatoria del DU 038-2020, sobre la suspensión perfecta de labores”, dijo Bellido en su momento.
La suspensión perfecta de labores implicaba el cese temporal de la obligación del empleador de pagar las remuneraciones y beneficios laborales, mientras que los trabajadores dejaban de prestar sus servicios a la empresa, pero sin la extinción del vínculo laboral.