
Cuidado con dejar pasar tus deudas. Ya sea por no pagar la tarjeta de crédito, un préstamo vehicular o incluso tributos como arbitrios e impuestos, podrías terminar enfrentando un embargo de tus bienes si no actúas a tiempo. Aquí te explicamos todo lo que debes saber sobre cómo procede un embargo y qué bienes pueden quitarte por una deuda, según explicaron especialistas en Derecho Civil y Corporativo.
¿Qué es un embargo?
El embargo es una medida legal mediante la cual se retienen o afectan los bienes de una persona para asegurar el pago de una deuda. Según el abogado Pablo Huaroc, esta figura del Derecho Civil permite que el acreedor se garantice el cobro de lo que se le debe, afectando bienes muebles (como vehículos) o inmuebles (como casas o departamentos), así como cuentas bancarias.
Por ejemplo, si tienes una deuda tributaria con la Sunat o la municipalidad y no pagas, pueden retener tu cuenta bancaria sin usarla hasta que saldes la deuda.

¿Cuándo te pueden embargar?
¡Ojo! Todo embargo debe ser ordenado por un juez. Para ello, el acreedor debe presentar una demanda judicial. Si se comprueba que existe una deuda y no hay voluntad de pago, se dicta una sentencia que permite iniciar el embargo como medida cautelar para evitar que el deudor desaparezca sus bienes.
También existen casos donde el proceso es más directo, como en los créditos hipotecarios o vehiculares, donde ya se ha establecido una garantía (una casa o auto). En estos casos, el acreedor puede ejecutar esa garantía de inmediato si hay incumplimiento.
“Todo embargo debe ser siempre ordenado por un juez y eso tiene un proceso judicial, mediante el cual el acreedor presenta una demanda de otorgamiento de suma de dinero y es el juez que indica las medidas para poder salvaguardar o hacer respetar la creencia”, explica Huaroc
¿Qué deudas pueden llevarte a un embargo?
- Deudas con bancos: Tarjetas de crédito, préstamos personales o vehiculares.
- Deudas tributarias: Con Sunat o municipalidades por no pagar tributos.
- Deudas documentadas: Como pagarés o letras de cambio firmadas.
¿Cuánto es el monto mínimo para embargar en Perú?
No existe un monto mínimo, máximo o exacto que sea causal para un embargo, sino que depende de cuánto cuesta el proceso judicial para hacer un cobro. Por ejemplo, no compensa activar todo el aparato judicial, desde el pago de abogados y tasas hasta la inversión de tiempo, en torno a alguien que debe 200 soles.
“Es por eso que muchas veces, los bancos venden las deudas a estudios de abogados, que por ahí lo pueden comprar en un 10% o un 5% del valor, porque ya para el banco es pérdida eso. Lo que hace ya el estudio de abogados es negociar el pago de la deuda con esa persona”, refiere el abogado.

¿Qué bienes pueden embargarte?
- Casas, terrenos, departamentos registrados a tu nombre.
- Autos u otros vehículos inscritos.
- Cuentas bancarias y sueldos (parcialmente).
- Alquileres, joyas, obras de arte, acciones, cheques y letras de cambio.
Eso sí, no todo se puede embargar. Por ley, no pueden quitarte tu sueldo si no supera los S/ 2,700 mensuales, y solo pueden retener un tercio del excedente si ganas más. Tampoco pueden embargarte ropa, utensilios de uso personal ni cobrarles la deuda a tus familiares si ellos no son garantes.
¿Y si estás casado o casada?
Si la deuda es personal pero fue contraída dentro del matrimonio, los bienes de la sociedad conyugal pueden ser embargados. Para evitar esto, muchos optan por la separación de patrimonios ante notario e inscribiéndolo en registros públicos.
¿Y si no tienes nada a tu nombre?
En ese caso, el acreedor puede seguir el proceso judicial y obtener una sentencia que declare la deuda. Pero si no hay bienes, la deuda puede volverse incobrable. Eso sí, tu nombre quedará marcado en el registro de deudores judiciales.
¿Las deudas tienen fecha de caducidad?
Sí. Según el Código Civil peruano, las deudas bancarias prescriben a los 10 años desde el momento en que se incumple el pago. Pero atención: para que eso aplique, el deudor debe solicitar la prescripción judicialmente.
¿Tienes una deuda pendiente? No esperes a que embarguen tus bienes. Consulta con un abogado y evita consecuencias mayores.
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