Economía

¿Cuánto te pagarán si trabajas en los feriados de Fiestas Patrias?

Si un trabajador labora en estos días de Fiestas Patrias, le corresponderá recibir tres pagos. A continuación te detallamos todo sobre el tema.

Este jueves 28 y viernes 29 de julio se celebran las , festividad importante que recuerda nuestra independencia. Estos días son declarados oficialmente como feriados, por lo que en caso algún trabajador cumpla labores podrá recibir un pago triple, seg´n la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Más información: Fiestas Patrias: ¿cuánta es la multa a pagar si no pones la bandera del Perú en tu casa?

Si eres de los trabajadores que cumplirá sus funciones con normalidad, así sea de forma presencial o remota, te explicamos cómo puedes calcular cuánto percibirás de acuerdo a ley y las multas a las empresas en caso no cumplan.

¿Cuánto debo recibir en caso trabaje los feriados?

Sunafil indicó que son tres pagos los que se deben recibir bajo los siguientes conceptos:

El trabajador recibirá este pago en caso no se sustituya el día feriado laborado. Te explicamos esta fórmula con un ejemplo sencillo:

Si una persona recibe como remuneración mensual S/ 1,500 (S/ 50 diarios), en caso se trabaje 28 o 29 de julio corresponde:

En total debería recibir S/ 150 por día feriado laborado. En caso tu empleador te otorgue un día de descanso en sustitución de cada feriado laborado, ya no recibirás suma adicional alguna”, puntualizó.

Detalló que los trabajadores de la micro y pequeña empresa también tienen derecho a gozar de descansos remunerados en los feriados no laborables.

Multas por incumplir con el pago

Con respecto al incumplimiento de pagos relacionados a los descansos en feriados no laborables, el ente fiscalizador sostuvo que es considerado como una infracción “muy grave” y dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados se puede sancionar de la siguiente manera:

Es importante precisar que el empleador podría optar por otorgar un descanso sustitutorio en lugar de los pagos mencionados.

En este supuesto solo corresponde un día de descanso por el feriado laborado aún cuando este haya coincidido con el descanso semanal.

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