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Publican ley que da beneficios a servidores públicos que luchan contra coronavirus

Los servidores públicos en el ámbito de salud comprendidos en el marco de la presente norma podrán acceder a varios reconocimientos

El Congreso de la República promulgó la ley que reconoce el trabajo de los servidores públicos en el ámbito de la salud, que velan por la atención de pacientes del , en el marco de la emergencia nacional.

Según la , publicado hoy en Normas Legales del diario El Peruano, indica que se encuentran incluidos en los alcances de la presente norma, los profesionales de la salud, el personal técnico y auxiliar asistencial y el personal administrativo que desempeña funciones directamente vinculadas con la atención de los infectados por el COVID-19.

También los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y bomberos que están vinculados a la primera línea del manejo de esta pandemia.

La ley precisa, además, que el reconocimiento es independiente del régimen laboral o la modalidad bajo la cual presentan sus servicios en los establecimientos de salud del Seguro Social de Salud (EsSalud) y de los ministerios de Salud, Interior, Defensa y Justicia.

Incluye, igualmente, a quienes laboran en el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), Ministerio Público y los gobiernos regionales y locales vinculados a la atención de pacientes de coronavirus.

¿Cuáles son los beneficios?

De acuerdo a la propuesta, los servidores públicos podrán obtener siguientes beneficios:

Reconocimiento por los servicios prestados de parte de la institución o entidad en la que trabaja.

Una bonificación de 10% sobre el puntaje total obtenido en la evaluación por concursos públicos para el acceso a plazas en las entidades del Estado, incluyendo el residentado médico y los programas de segunda especialización.

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Los hijos de los servidores públicos obtendrán un porcentaje adicional en las convocatorias del concurso de la Beca Perú a cargo de .

Acceso al seguro de vida o compensación extraordinaria a que se refiere el Decreto de Urgencia 037-2020.

El Ministerio de Salud, en ejercicio de su función rectora, establece a través del reglamento de la presente ley, los criterios y condiciones para la acreditación de la labor realizada y demás elementos necesarios para la plena implementación de las disposiciones contenidas en la misma.

Los establecimientos de salud del sector público brindan atención especializada a los servidores públicos incluidos en los alcances de la presente ley, hasta la recuperación de su salud. Para tal efecto, las autoridades correspondientes presentan un plan para la atención oportuna y prioritaria del personal, garantizando la prevención con los equipos de seguridad, equipamiento, medicinas, bienes y servicios adecuados en forma inmediata.

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