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Conoce los aforos permitidos según el nivel de alerta a partir del 26 de abril

En los espacios cerrados se mantendrán los aforos diferenciados. Gobierno dispuso nuevas medidas para promover los espacios abiertos como alternativa a la vida económica y social.

El Gobierno oficializó hoy las nuevas disposiciones del estado de emergencia nacional frente al , vinculadas a los aforos en lugares cerrados como abiertos. De esta manera a partir del lunes 26 de abril al domingo 9 de mayo se tendrán que cumplir estas disposiciones, según la clasificación de provincias de acuerdo al riesgo de contagio de COVID-19: extremo, muy alto y alto.

Según el en el diario El Peruano, se mantendrán los aforos reducidos en los lugares cerrados, al igual que el toque de queda, a fin de seguir combatiendo el COVID-19. En esa línea, el Ejecutivo busca fortalecer la recuperación de las actividades económicas de forma responsable, por eso promoverá los espacios abiertos como alternativa a la vida económica, cultural y social.

Asimismo indica que en todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público; así como, el uso de doble mascarilla para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración, tales como: centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias, recomendándose el uso adicional del protector facial en estos establecimientos.

El dispositivo indica que el Ministerio de Salud (Minsa), en coordinación con otras entidades componentes del sector Salud, realiza una vigilancia epidemiológica intensiva a fin de identificar cualquier incremento de casos localizados de personas afectadas por el COVID-19, y tomar medidas inmediatas de control.

También dispone que se encuentra prohibida la realización de todo tipo de evento masivo, tales como: desfiles, carnavales, fiestas patronales, fiestas costumbristas y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas.

Asimismo, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del COVID-19.

A continuación el aforo para actividades de acuerdo al nivel de alerta de contagio de la referida enfermedad:

Nivel de alerta extremo

Actividades en espacios cerrados:

Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales):

Aforo en nivel extremo que aplica del 26 de abril al 9 de mayo.

¿Cuáles son las provincias en riesgo extremo?

A continuación, las zonas en alerta sanitaria extremo:

Provincias en alerta sanitaria extremohasta el 9 de mayo.

Nivel de alerta muy alto

Actividades en espacios cerrados:

Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales):

Aforo en nivel muy alto que aplica del 26 de abril al 9 de mayo.

¿Cuáles son las provincias en riesgo muy alto?

A continuación, las zonas en alerta sanitaria muy alto:

Provincias en alerta sanitaria muy alto hasta el 9 de mayo.

Nivel de alerta alto

Actividades en espacios cerrados:

Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales):

Aforo en nivel alto que aplica del 26 de abril al 9 de mayo.

¿Cuáles son las provincias en riesgo alto?

A continuación, las zonas en alerta sanitaria alto:

Provincias en alerta sanitaria alto hasta el 9 de mayo.



Nivel de alerta moderado

Actividades en espacios cerrados:

Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales):




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