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Año Nuevo: vehículos particulares no podrán circular el 31 de diciembre y 1 de enero

El Gobierno dispuso esta medida que busca evitar las reuniones familiares que puedan contribuir a la propagación de COVID-19 durante las celebración por la llegada del Año Nuevo.

La Policía Nacional del Perú (PNP) recordó que el jueves 31 de diciembre y viernes 1 de enero próximo estará restringida la circulación de vehículos particulares en todo el país debido a las celebraciones por la llegada del Año Nuevo, tal como se aplicó el pasado 24 y 25 de diciembre por Navidad.

Indicó que esta medida se establece el , aprobado por el Gobierno como parte de las medidas que buscan reducir el riesgo de contagios del COVID-19 durante las fiestas de fin de año. De esta manera, ningún ciudadano podrá disponer de su vehículo, con lo que se anula la posibilidad de traslado de una zona a otra, y con ello, las reuniones familiares.

En tanto, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) informó que los días 31 de diciembre y 1 de enero del año 2021, solo podrán circular en Lima y Callao aquellos vehículos que realizan el servicio de taxi y que cuentan con autorización emitida por esta institución.

Los usuarios pueden conocer si el vehículo en el que se van a trasladar tiene permiso para brindar dicho servicioen la sección “Consultas en línea” y dando click en la sección “taxis autorizados”.

A la fecha, más de 100 mil unidades cuentan con habilitación vehicular y más de 113 mil taxistas obtuvieron su credencial de conductor emitida por el ATU, lo cual los faculta a realizar este servicio. Vale recordar que los servicios de taxi por aplicativo o el delivery de alimentos o productos sí estará permitido durante Año Nuevo.

El jefe de la Región Policial Lima, general PNP Jorge Angulo, precisó que aplicarán el plan para Año Nuevo que involucra también el resguardo de playas entre ellas Cerro Azul y León Dormido. Recordó que cualquier ciudadano que no cumpla con las restricciones será detenido.

“Tal como sucedió en Navidad ahora se aplicará este 31 de diciembre y 1 de enero la no circulación de vehículos particulares. A las 11 de la noche rige el toque de queda. Cualquier persona que injustificadamente se encuentre en la vía pública va ser detenida y conducida a una dependencia policial”, refirió para América Noticias.

“Desde este momento estas playas estarán con mucha vigilancia para evitar que jóvenes instalen carpas. Además, la restricción de vehículos particulares apoya a que se pueda manejar el control en los balnearios. Estamos patrullando por todos los distritos sin distinción para recordar que están prohibidas las reuniones sociales”, agregó.

Pase especial para circular

El Ministerio del Interior (Mininter) informó que las personas que deben trabajar los días 31 de diciembre, así como el 1 de enero, ya pueden tramitar el pase especial para poder circular aquellas fechas en el contexto de la pandemia del coronavirus (COVID-19).

El pase vehicular se encuentra disponible en la página web , a la que podrán acceder quienes deban trasladarse en vehículos particulares en los días festivos venideros.

Los pases laborales y vehiculares podrán ser tramitados por personas que trabajen en servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos, así como en servicios funerarios y de telecomunicaciones, según indica el .

De la misma forma, lo harán quienes laboren en actividades de transporte de carga, mercancías y rubros conexos, además de vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de agentes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participen en operativos de control.

Esta exigencia también comprende al personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales, personal y vehículos de los medios de comunicación, vehículos oficiales de transporte de salud, y automóviles particulares del Poder Legislativo y Ministerio Publico.

Además, incluye a los vehículos del personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), así como de servidores de empresas de seguridad y servicios de farmacias y de restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio.

Multa

Durante los controles policiales, los trabajadores de todos estos rubros deberán mostrar su Documento Nacional de Identidad (DNI), así como una credencial o fotocheck, que los identifique como empleados de alguna de estas instituciones y/o empresas.

El Mininter recordó que el pase laboral, así como el vehicular, será requerido durante los controles que realicen las fuerzas del orden a las medidas dispuestas para prevenir los contagios del COVID-19, como ocurre durante el horario de inmovilización social obligatoria o toque de queda.

Los conductores que tramiten un pase vehicular y realicen una actividad distinta a la señalada en el documento serán sancionados con una multa de S/6.450 y se les retendrá su licencia de conducir. Similar sanción se aplicará a quienes transiten con su vehículo particular durante los días de restricción, así como en el horario de inmovilización social obligatoria.





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