En el Perú es posible heredar una propiedad en vida, a través del procedimiento denominado anticipo de herencia. Este proceso implica la donación o liberación de bienes y debe llevarse a cabo ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), asegurándose de tener en cuenta a todos los herederos involucrados.
Rafael Villegas Del Solar, abogado del Estudio Fuentes señala que se debe tener en cuenta que las personas que recibirán los bienes son los herederos forzosos, aquellos que la ley reconoce como beneficiarios, quienes reciben una porción específica de la herencia. Ellos son los familiares cercanos, como hijos y descendientes, así como los padres, quienes tienen derecho a recibir una porción de los bienes.
TRÁMITES Y PLAZOS
ELABORA UNA MINUTA
La minuta debe ser elaborada, firmada y sellada por un abogado. Se debe adjuntar la partida de nacimiento del hijo, partida de matrimonio de los padres, la partida registral, el predio urbano (PU) y la hoja resumen (HR). Con esos documentos se eleva ante una notaría. Cabe indicar que, los hijos extramatrimoniales, solo heredan sobre la parte del progenitor.
DETALLAR BIENES
En el documento, se deben detallar individualmente los bienes que se están transfiriendo, especificando su valor real y cualquier carga que deba ser satisfecha, como hipotecas o arbitrios, si corresponde.
MANIFESTACIÓN DE VOLUNTADES
La minuta debe incluir la declaración de voluntad del anticipante, quien otorga el anticipo de legítima, expresando su deseo de hacerlo. Asimismo, debe contener la manifestación de aceptación por parte del anticipado, el beneficiario.
INSCRIBIR EN LOS REGISTROS PÚBLICOS (SUNARP)
La minuta debe pasar a escritura pública ante un notario público. Luego de eso procede a inscribirse a los registros públicos (Sunarp).
En la escritura pública deberá constar el valor del inmueble materia del anticipo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 107° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.
“Los plazos lo determina el registro público. La revisión de documentos en notaría puede demorar unos 4 o 5 días. Luego la notaría lo presenta ante Sunarp que maneja sus tiempos. Puede ser entre 10 a 30 días calendarios”, precisa el especialista.
¿EN QUÉ CASOS LA PROPIEDAD PUEDE REGRESAR A LA MASA HEREDITARIA?
La propiedad heredada generalmente no regresa a la masa hereditaria una vez que ha sido distribuida a los herederos. Sin embargo, hay ciertas situaciones excepcionales en las que esto podría ocurrir. Algunos casos incluyen:
“Si el anticipante fallece y no ha colocado una la frase “sin colación” dentro de su declaratoria de anticipo de herencia, esa parte, regresa a la masa hereditaria”, explica Villegas.
La colación es la obligación, correspondiente a los herederos forzosos, de devolver o regresar el anticipo de herencia, con el objetivo de reconstruir, la masa hereditaria neta y dividirla entre todos los herederos forzosos.
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