Uno de los primeros pagos importantes que recibirán los trabajadores este 2023 son las utilidades, que provienen de las ganancias netas que obtuvieron las empresas en el 2022. Sabes si te corresponde y cuándo se hará este pago. Estos datos y más, te contamons en la nota.
La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo que los trabajadores accedan a las utilidades netas (cuando las hubiera) que percibe el empleador como consecuencia de su gestión empresarial. A continuación, conoce más.
Las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría están obligadas a distribuir utilidades. Se trata de la distribución de un porcentaje de las ganancias netas (en caso las hubiera), luego de descontar inversiones e impuestos.
Los trabajadores que reciben utilidades son aquellos que están en planilla y pertenecen a empresas que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 empleados. Las microempresas acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas, cabe subrayar, no están obligadas al reparto de utilidades a sus empleados.
No recibirán utilidades los trabajadores de las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales, y sociedades civiles, así como de las empresas que no excedan los 20 trabajadores.
El pago de las utilidades se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. La Sunat emitió el cronograma de vencimiento para la declaración del 2022, que es entre el 24 de marzo y el 11 de abril de 2023. Por lo tanto, se estima que los pagos se harán entre el 27 de marzo y el 11 de mayo, de acuerdo con el último número de RUC.
La distribución de las utilidades depende de la industria a la que pertenezca la empresa donde trabajas. A continuación, el porcentaje de ganancias que deben repartir:
Lo que se reparte es un porcentaje que dependerá de la actividad. De ahí, la determinación del monto a distribuir se realiza de la siguiente forma:
SÍ. En ese caso se calcula el monto según los días que trabajaste y la remuneración que recibiste durante el año que corresponde a las utilidades.
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