Si ya se ha registrado como emisor electrónico en la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria () y pertenece al Régimen General (RG), Régimen Mype Tributario (RMT) y Régimen Especial de Renta (), entonces, está facultado a emitir facturas electrónicas.

MÁS INFORMACIÓN | UIT: qué es una Unidad Impositiva Tributaria y cuál es su valor en el 2021

Como parte de su registro en , debe haber registrado –en principio– un correo electrónico en donde además de recibir los comprobantes que usted solicite, sus adquirientes podrán comunicarle el rechazo de alguna factura electrónica que en su calidad de emisor haya otorgado.

También tiene que contar con un código de usuario y activa, debe tener la condición de domicilio fiscal “habido” y no debe encontrarse con estado de “suspensión temporal de actividades o baja de inscripción”.

MÁS INFORMACIÓN: Cuál es el trámite para obtener un pasaporte electrónico de manera rápida

¿CÓMO EMITO FACTURAS ELECTRÓNICAS?

Para empezar con la emisión de facturas electrónicas debe ingresar al sitio web de la y en Sunat Operaciones en Línea deberá ingresar a ‘Trámites y consultas’.

Para acceder al aplicativo tendrá que ingresar su número de RUC, usuario y contraseña. En el menú de ‘empresas’ deberá seleccionar la opción ‘comprobantes de pago’. Luego tendrá que ingresar a la opción SEE-SOL y dentro a la sección ‘factura electrónica’ y ‘emitir factura’.

Una vez en la pantalla de emisión de factura tendrá que llenar el formulario empezando con el registro del número de RUC del receptor o cliente. Dicho número será validado por el sistema y en caso no haya inconvenientes podrá ingresar todos los datos específicos de su factura, incluyendo la moneda en la que se hizo la transacción.

Después podrá hacer click en ‘continuar’ y si desea agregar otros datos adicionales como cantidad, unidad de medida o valor unitario, deberá dar click en ‘adicionar’. Este botón está ubicado en la parte superior derecha.

Con esos datos añadidos deberá dar click en ‘aceptar’ y en ‘registrar’ podrá definir el establecimiento emisor y si ya tiene los datos completos, podrá añadir observaciones al documento o adjuntar documentos o información relacionada.

Finalmente podrá hacer click en ‘emitir’ y el documento emitido ya podrá ser enviado por correo electrónico a su receptor, pero también podrá descargarlo o imprimirlo. Si no lo hizo, la Sunat almacena y conserva sus documentos y en caso necesite consultar la factura electrónica después, puede ingresar a la opción ‘consultar factura’ y ‘nota’.

MÁS INFORMACIÓN: Qué pasos debo seguir para revalidar mi brevete si ya venció

¿QUÉ VENTAJAS TENGO?

Conocida también como factura portal porque se emite desde el portal web de la Sunat y de manera gratuita, este documento tiene todos los efectos tributarios, por lo que podrá sustentar costo, gasto y crédito fiscal, pero no será posible usar dicho documento para sustentar el traslado de bienes.

Y, en caso no haya sido designado como emisor electrónico obligatorio por la Sunat, todavía podrá seguir emitiendo facturas físicas.

Además, la emisión desde el portal de la Sunat es gratuita y la entidad recaudadora garantiza la autenticidad del documento emitido desde su portal porque cuenta con mecanismos de seguridad.

TE PUEDE INTERESAR






Contenido sugerido

Contenido GEC