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¿Puedo presentar una justificación si no voté o cumplí la labor de ser miembro de mesa?

Conoce desde cuándo podías ingresar el trámite y cómo te puede cobrar el Jurado Nacional de Elecciones la multa.
Conoce qué debes hacer si no cumpliste con tu deber cívico (Foto: GEC)

Si no acudiste a votar o fuiste miembro de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales del pasado 2 de octubre, pese a que saliste sorteado o te tocaba porque estabas en la fila, te explicamos cuáles son los plazos y las causales que te permiten tramitar a una dispensa o justificación ante el Jurado Nacional de Elecciones para evitar el .

Un total de 24 millones 760 mil 62 peruanos y extranjeros estuvieron convocados para participar de los comicios, pero de acuerdo con la el 22.490% de electores (5 millones 242 mil 931) no asistió. Las multas van desde los S/23 hasta los S/92, en el caso de los omisos al sufragio; y S/230 para quienes no cumplieron con ser miembros de mesa.

De momento, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que, hasta el martes 4 de octubre, se han presentado más de 18,600 solicitudes para los trámites de dispensa y justificación. De estas, 10,680 fueron atendidas. Si no pudiste cumplir con tu deber cívico, mira hasta cuándo tienes tiempo.

¿HASTA CUÁNDO TENGO PLAZO PARA PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN POR NO SER MIEMBRO DE MESA O DISPENSA POR NO VOTAR?

El trámite se inició, al día siguiente de la elección, el 3 de octubre ante el Jurado Nacional de Elecciones y será hasta que se emita la Resolución de Medida Cautelar de Embargo dentro del procedimiento de ejecución coactiva, que puede ser en un plazo de tres a nueve meses. Las solicitudes de justificación y dispensa presentadas después del plazo serán declaradas improcedentes.

¿Qué debe hacer si me llega una resolución ejecución coactiva?

Deberás cancelar tu deuda en el plazo de siete días hábiles, pero si no lo haces, el ejecutor coactivo del JNE podrá ordenar medidas de embargo (como de las cuentas bancarias). En este caso, no cabe ningún recurso impugnatorio, en el procedimiento coactivo las resoluciones son inimpugnables.

¿DÓNDE DEBO PRESENTAR LA SOLICITUD DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA?

El trámite se hace ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

NOTA: Los ciudadanos registrados en el Reniec cuyo DNI consigne la condición de discapacidad y/o inscritos en el Conadis serán justificados y/o dispensados de oficio sin necesidad de realizar, personalmente, el respectivo trámite ante el JNE.

La dispensa y/o justificación la puedes hacer de manera virtual (Foto: Andina)

¿QUÉ NECESITO PARA PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN POR NO SER MIEMBRO DE MESA O DISPENSA POR NO VOTAR EN LAS ELECCIONES 2022?

Puedes solicitar una justificación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) si no cumpliste con ser miembro de mesa, o dispensa si no votaste. El trámite se inició el 3 de octubre.

Requisitos

¿EN QUÉ CASOS PUEDO PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN O DISPENSA DE MULTA ELECTORAL?

Debes adjuntar los documentos que demuestren el motivo de tu inasistencia.

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