Mientras millones planean cómo aprovechar el , por el Día de Todos los Santos, otro sector de la población deberá trabajar ese día. En ese caso, ¿cuánto le pagarán a quienes acudan a su centro de labores o hagan trabajo remoto?

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El feriado largo apunta a fomentar el turismo interno para dinamizar la economía y contribuir al conocimiento de los atractivos turísticos y de las distintas realidades de las poblaciones de nuestro país.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo estima que en este feriado largo, del 29 de octubre al 01 de noviembre, se movilizarían alrededor de 980 mil personas, generando un impacto económico de US$106 millones. Sin embargo, qué pasará con las personas que les corresponde trabajar en el día feriado. ¿Cuánto les pagarán?

¿POR QUÉ SERÁ FERIADO EL 1 DE NOVIEMBRE?

El 1 de noviembre será feriado por el Día de Todos los Santos, fecha en que el cristianismo celebra una fiesta solemne por todos los difuntos que, habiendo superado el purgatorio, se santificaron o fueron beatificados.

Los peruanos, en el Día de Todos los Santos, tienen como tradición acudir a los cementerios para visitar las tumbas de sus seres queridos. Para homenajearlos, llevan flores, tarjetas y hasta grupos musicales. Las familias pasan el día en los camposantos, donde llevan comida y bebidas.

En el Perú, las personas acuden a los cementerios en el Día de Todos los Santos para visitar a sus seres queridos (Foto: Agencia Andina)
En el Perú, las personas acuden a los cementerios en el Día de Todos los Santos para visitar a sus seres queridos (Foto: Agencia Andina)

¿CUÁNTO ME PAGARÁN POR TRABAJAR EL FERIADO DEL 1 DE NOVIEMBRE?

Si te toca trabajar el martes 1 de noviembre, que es feriado nacional por el Día de Todos los Santos, la ley establece que, si un trabajador labora sin descanso sustitutorio, percibirá un pago triple por los siguientes conceptos:

  • Una remuneración por el feriado: monto incluido en el salario habitual.
  • Una segunda remuneración por la labor efectuada: pago adicional por jornada realizada.
  • Una tercera remuneración por trabajar en feriado: por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) plantea el siguiente ejemplo: Si una persona recibe como remuneración mensual S/1,500 (S/50 diarios), en caso se trabaje el 1 de noviembre, corresponde recibir S/150 por el día feriado laborado.

¿CUÁNTO ME PAGARÁN SI TENGO DESCANSO SUSTITUTORIO POSTERIOR?

Si trabajaste el 1 de noviembre, pero en lugar de un pago deseas tener un día libre, puedes optar por pedir un descanso sustitutorio. Es decir, si laboras en esta fecha puedes pedir un descanso otro día sin ningún pago adicional. En este caso, recibirás tu remuneración mensual en forma ordinaria, toda vez que el feriado se sustituye por otro día.

¿CÓMO DENUNCIO LA FALTA DE PAGO DE MI FERIADO?

Puedes realizar la denuncia ante la Sunafil. Para ello podrás comunicarte al 390-2780 o también podrás escribir al correo electrónico .

¿CUÁL ES LA MULTA POR NO CUMPLIR CON EL PAGO DEL FERIADO?

El incumplimiento de pagos relacionados a los descansos en feriados no laborables es considerado como una infracción “muy grave” y, dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados, se puede sancionar de la siguiente manera:

  • Microempresa: la multa oscila entre S/1,058 y S/3,128.
  • Pequeña empresa: la multa se considera entre S/3,542 y S/35,190.
  • Si es una no mype: la multa oscila entre S/12,098 a S/241,638.

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