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Mientras los empleados el sector privado esperan el pago de la gratificación, el gobierno debe por Fiestas Patrias a los trabajadores del sector público. En esta nota te indicamos los montos, cuándo se hará el pago y a quiénes les corresponde.

Según la ley nacional, el aguinaldo es una bonificación que se entrega sólo a los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados.

Para recibir este derecho social, los trabajadores deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Ley Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.

¿CUÁNTO DARÁN DE AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

De acuerdo con lo dispuesto mediante la Ley N° 31638, , el aguinaldo por Fiestas Patrias será hasta la suma de S/300. En el caso de los Internos de Medicina Humana y Odontología, cabe mencionar, el monto será de S/100.

Para el aguinaldo de Navidad de 2022, el pasado 18 de diciembre, la presidenta Dina Boluarte anunció que, previa coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, se decidió elevar este beneficio a 500 soles. Hasta el momento, no se ha informado sobre ningún incremento similar este mes de junio.

Trabajadores del sector público recibirán beneficio (Foto: Andina)
Trabajadores del sector público recibirán beneficio (Foto: Andina)

¿CUÁNDO SE PAGARÁ EL AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

El abono del aguinaldo ser incluirá en las planillas de pago correspondientes a julio.

¿A QUIÉNES LES CORRESPONDE EL PAGO DEL AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

El aguinaldo por Fiestas Patrias será para los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.

También incluye a docentes universitarios bajo la Ley N°30220, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; al igual que a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, así como de los decretos 20530 y 28091, incluyendo a los trabajadores contratados por el régimen CAS.

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