Este mes de diciembre las empresas están obligadas a depositar a sus trabajadores la segunda gratificación del año, que es por Navidad. ¿Pero qué pasa si me retiré antes de completar el periodo? ¿Cuánto debo recibir?
Todos los colaboradores que estén sujetos al régimen laboral común de la actividad privada tienen derecho a recibir este beneficio, independiente del tipo de contrato que tengan, siempre y cuando hayan laborado un mes completo en la empresa.
Se estima que a más de 4 millones de trabajadores en planilla del sector privado les toca recibir el pago de este beneficio social, que se entrega en julio y diciembre.
¿QUÉ ES LA GRATIFICACIÓN?
La gratificación es el derecho de los trabajadores a percibir una remuneración adicional por Fiestas Patrias, en el mes de julio, y Navidad, en diciembre. La gratificación tiene como fin que el trabajador pueda afrontar los gastos adicionales que demandan estas festividades como viajes, excursiones, compras, entre otros, indica el Ministerio de Trabajo.
¿QUIÉNES RECIBEN GRATIFICACIÓN POR NAVIDAD?
Para acceder al pago de la gratificación se requiere:
- Ser trabajador del sector privado.
- Estar en planilla.
- Haber laborado al menos 1 mes entre julio y diciembre de 2022.
¿CUÁNTO ME DEBEN PAGAR SI YA NO TRABAJO EN LA MISMA EMPRESA?
A esto se le llama gratificación trunca y el pago se calcula de acuerdo con el salario de cada empleado. Para que puedas recibir este pago por Navidad, debes haber trabajado al menos un mes entre julio y diciembre de 2022.
El trabajador recibirá un pago proporcional de acuerdo a los meses laborados, esto quiere decir 1/6 del monto total por cada mes. Por ejemplo, si el colaborador cesa el 26 de noviembre, recibiría 5/6 de la gratificación legal ya que no completó el último mes de trabajo. Este monto no está sujeto a descuentos de pensión ni salud.
¿CUÁNDO ME DEBEN DEPOSITAR MI GRATIFICACIÓN TRUNCA?
El monto que debes recibir de tu gratificación se pagará junto con los demás beneficios sociales de la liquidación y deberá ser abonado máximo 48 horas después de la fecha del cese.
¿QUIÉNES NO RECIBEN GRATIFICACIÓN?
No todos los regímenes laborales reciben gratificación:
- Los trabajadores de la pequeña empresa reciben la mitad de este beneficio.
- Los trabajadores del sector público reciben un “aguinaldo” en vez de la gratificación, cuyo monto lo determina el MEF (suele ser S/300).
- Los practicantes y jóvenes en formación laboral reciben media subvención económica al cumplir 6 meses, lo cual no necesariamente se da en julio y diciembre.
- Los trabajadores de la microempresa, los independientes y los informales, no reciben gratificación.
¿CUÁL ES LA MULTA POR NO DEPOSITAR LA GRATIFICACIÓN?
Las empresas que no realicen el depósito a tiempo podrían recibir una multa que va desde los S/7,222 hasta los S/120,152, dependiendo del número de trabajadores afectados y el monto de la UIT vigente. Además, se aplicará intereses legales laborales que se generen hasta la fecha efectiva de pago.