En el mes de julio, con motivo de las Fiestas Patrias, el gobierno hará el primer depósito anual del aguinaldo a los trabajadores del sector público. En esta nota conoce cómo y cuándo se hará el pago.
Según la ley nacional, el aguinaldo es una bonificación que se entrega solo a los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados.
Cabe explicar que el este monto no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable. Tampoco está sujeto a cargas sociales ni forma parte de la base de cálculo para la determinación de cualquier beneficio.
¿A QUIÉNES LES PAGARÁN AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?
El aguinaldo por Fiestas Patrias será para los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
También incluye a docentes universitarios bajo la Ley N°30220, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; al igual que a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, así como de los decretos 20530 y 28091, incluyendo a los trabajadores contratados por el régimen CAS.
¿CUÁL ES EL MONTO DEL AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS 2023?
De acuerdo con lo dispuesto mediante la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el aguinaldo por Fiestas Patrias será hasta la suma de S/300. En el caso de los Internos de Medicina Humana y Odontología, cabe mencionar, el monto será de S/100.
¿CÓMO SE PAGARÁ EL AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió el 13 de julio un decreto supremo que dicta las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias. El texto indica que el depósito de los 300 soles se abonará por única vez en la planilla de pagos del mes de julio del 2023.
FECHAS DEL PAGO DE AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS
A continuación, el cronograma de pago del Banco de la Nación, que va del 20 al 26 de julio:
Jueves 20 de julio
- Presidencia del Consejo de Ministros.
- Poder Judicial.
- Ministerio de Justicia.
- Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Ministerio de Economía y Finanzas.
- Universidades Públicas.
- Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
- Contraloría General de la República.
- Defensoría del Pueblo.
- Junta Nacional de Justicia.
- Ministerio Público.
- Tribunal Constitucional.
- Ministerio de Defensa.
- Congreso de la República.
- Jurado Nacional de Elecciones.
- Oficina Nacional de Procesos Electorales.
- Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
- Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
- Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura.
Viernes 21 de julio
- Ministerio de Educación: UGEL 01, 03 y 07.
- Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación excepto Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno.
Lunes 24 de julio
- Ministerio de Cultura.
- Ministerio de Educación: excepto UGEL 01,03 y 07.
- Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancas, Loreto y Puno.
Martes 25 de julio
- Ministerio del Ambiente.
- Ministerio de Salud.
- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Ministerio de Energía y Minas.
- Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
- Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
- Ministerio de la Producción.
- Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
- Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
- Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura.
Miércoles 26 de julio
- Ministerio del Interior.
- Fuero Militar Policial.