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Cómo se calcula el pago de las utilidades 2023 y a quiénes les corresponde

La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú.

Las es uno de los primeros pagos importantes que te debe hacer tu empleador este 2023. Se trata de un beneficio social que proviene de las ganancias netas que obtuvieron las empresas en el 2022. A continuación, conoce a quiénes les corresponde y cómo deben calcularlo.

El pago de las utilidades se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Este 2023, los pagos deberán hacerse entre el 27 de marzo y el 11 de mayo, de acuerdo con el último número de RUC.

¿QUÉ SON LAS UTILIDADES?

La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú. Las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría están obligadas a distribuir utilidades. Se trata de la distribución de un porcentaje de las ganancias netas (en caso las hubiera), luego de descontar inversiones e impuestos.

¿CÓMO DISTRIBUYEN LAS EMPRESAS LAS UTILIDADES?

La distribución de las utilidades depende de la industria a la que pertenezca la empresa donde trabajas. A continuación, el porcentaje de ganancias que deben repartir:

La actividad minera reparte el 8% de sus ganancias (Andina)

¿CÓMO SE CALCULA LA DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES PARA LOS TRABAJADORES?

Lo que se reparte es un porcentaje que dependerá de la actividad. De ahí, la determinación del monto a distribuir se realiza de la siguiente forma, de acuerdo con un ejemplo del :

¿QUÉ DÍAS DE AUSENCIA SE TOMAN EN CUENTA EN EL CÁLCULO DEL PAGO DE UTILIDADES?

Para el cálculo de las utilidades, se toman en cuenta los días trabajados y aquellas ausencias consideradas como asistencias por mandato legal como:

¿QUIÉNES RECIBEN LAS UTILIDADES?

Los trabajadores que reciben utilidades son aquellos que están en planilla y pertenecen a empresas que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 empleados. Las microempresas acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas, cabe subrayar, no están obligadas al reparto de utilidades a sus empleados.

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