Al igual que años anteriores, las empresas privadas que cuentan con más de 20 trabajadores deberán pagar las utilidades con total normalidad; sin embargo, debido a la pandemia a causa del COVID-19, que paralizó las actividades económicas durante varios meses de 2020, el depósito de este monto se realizará en circunstancias especiales.
MÁS INFORMACIÓN: Cómo calcular el monto de utilidades que te toca recibir este 2021 por tu trabajo
Si bien, las utilidades son un beneficio que es pagado por las empresas que generan rentas netas de tercera categoría durante el ejercicio fiscal correspondiente, te contamos cómo puedes averiguar si este 2021 te corresponde recibirlas.
Antes te recordamos que son considerados como beneficiarios los trabajadores sujetos al régimen laboral en la actividad privada, pequeñas empresas y trabajadores a tiempo parcial. No se encuentran comprendidas las microempresas con 20 trabajadores, las cooperativas, empresas autogestionarias y las sociedades civiles.
¿CÓMO SABER SI ESTE AÑO ME PAGARÁN UTILIDADES?
Lo primero que debes saber es que el reparto de utilidades a cada trabajador se determina a partir de las remuneraciones percibidas durante el año y los días efectivamente laborados.
De acuerdo con la legislación laboral, las utilidades deben repartirse dentro de los 30 días siguientes a la presentación por parte de la empresa de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
“Sin embargo, algunas vienen ya distribuyéndolas para poder deducirlas como gasto en su cálculo del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría (IR) del ejercicio 2020; en efecto, las utilidades que se reparten al personal constituyen un gasto deducible de la renta sobre la que se calcula el IR siempre y cuando se paguen antes de presentar la declaración jurada anual”, precisó el abogado laboralista César Puntriano en su columna de El Peruano.
¿CÓMO SABER SI LA EMPRESA DEBE O NO REPARTIR UTILIDADES?
Las empresas que deben depositar las utilidades son las que realizan actividades generadoras de rentas de tercera categoría. En ese sentido, no resulta aplicable la participación en aquellas personas jurídicas que carecen de finalidad lucrativa como las asociaciones, fundaciones, comités, entre otras reguladas por el Código Civil.
Asimismo, se encuentran excluidas las cooperativas, las empresas autogestionarias, las sociedades civiles y las empresas que no excedan de 20 trabajadores en promedio en el ejercicio, en este último caso, aun cuando generen rentas al final del ejercicio, precisa el especialista.
¿CUÁNDO PAGARÁN LAS UTILIDADES?
Las utilidades se pagan en un plazo máximo de 30 días después de que la empresa presente la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta, la cual vence este año entre el 25 de marzo y el 12 de abril.
Este plazo es improrrogable, incluso en el contexto actual por la pandemia, salvo que se emita en los próximos días alguna disposición de rango legal que lo modifique.
¿CÓMO CALCULAR LAS UTILIDADES?
Para calcular el monto que corresponde por este concepto, depende de la industria a la que pertenezca la empresa donde trabajas:
- Empresas pesqueras: 10%
- Empresas de telecomunicaciones: 10%
- Empresas industriales: 10%
- Empresas mineras: 8%
- Comercio y restaurantes: 8%
- Otras actividades: 5%
- Empresas agrarias: 5% (del 2021 al 2023)
Primero, se obtiene la cantidad de dinero que se repartirá entre los trabajadores. Luego, se realiza la siguiente operación:
Una parte de las utilidades se calcula en base a tus días trabajados. Se obtiene el valor promedio que ha generado un día de trabajo de los empleados para sacar ese resultado. Ejemplo: Si se determina que el día laboral genera 3 soles y tú trabajaste 180 días; se multiplica y esta parte de tus utilidades equivale a 540 soles.
La otra parte considera tus ingresos como trabajador. Se divide la cantidad de dinero a repartir entre la suma del sueldo de todos los trabajadores; ese resultado se multiplica por todo lo que has ganado en el año. Ejemplo: Si la división es 0.02 céntimos y tú has ganado 27 mil soles, se multiplican y esta parte de tus utilidades también equivale 540 soles.
Finalmente, se suman ambos cálculos. En los ejemplos que hemos dado, el resultado total de utilidades es de 1080 soles.
¿QUÉ DÍAS SE CONSIDERAN PARA EL CÁLCULO DE LA REPARTICIÓN DE UTILIDADES?
Para el cálculo de las utilidades, se toman en cuenta los días trabajados y aquellas ausencias consideradas como asistencias por mandato legal, entre las que se encuentran:
- Días de inasistencia debido al cierre de local por la comisión de infracciones tributarias
- Licencias sindicales
- Días no laborados debido a un despido nulo en caso de reposición
- Horas de lactancia
- Suspensión perfecta de labores por caso fortuito o fuerza mayor en caso de haberse declarado improcedente
- Los días de la licencia por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional
- Los días de la licencia pre y post natal
- Licencia para el ejercicio de las funciones de los miembros del comité de seguridad y salud en el trabajo.
IMPORTANTE: Puntriano precisa que los días de suspensión perfecta de labores en aplicación del D.U. N° 038-2020 y los días de licencia con goce de haberes compensables no se incorporan a la base de cálculo como días laborados.