Sepa qué hacer ante este tipo de situaciones.
Sepa qué hacer ante este tipo de situaciones.

¿Sabes el lío en que te puedes meter por atribuir la paternidad de un niño a un hombre que no es su padre? Estos casos forman parte de nuestra realidad y por ello es importante saber cuál es la vía legal que se debe tomar. En principio, siempre que un menor nace dentro del matrimonio se califica como padre al marido.

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En cambio, cuando las personas no son casadas (conviven), la paternidad de un niño se determina luego de que el varón reconoce al hijo y lo firma como tal en el Registro Civil. También se puede hacer el reconocimiento mediante escritura pública, tras una sentencia judicial y, en casos excepcionales, en un testamento.

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Existe una salida Pero, ¿qué sucede si por azahares de la vida el supuesto progenitor no tiene vínculo sanguíneo con ese niño? Es decir, cuando el padre legal no es, en realidad, el papá biológico del menor.

PROCESO

-Si el niño nació dentro del matrimonio, el marido puede iniciar una acción legal de contestación de paternidad. La ley señalaba que debía hacerlo en un plazo de 90 días, contados desde la fecha del parto o al día siguiente de que regrese a casa (en caso de que hubiese estado ausente del hogar). - Por un pleno casatorio de la Corte Suprema de Justicia, los jueces pueden recibir la demanda fuera de ese plazo, pues se da prioridad a la identidad del menor. Además, en ese lapso de tiempo, el verdadero padre puede solicitar la paternidad del niño. -Se solicitará una prueba de ADN y se iniciará el proceso legal con el resultado que da la certeza -en un 99,99%- de que el marido no es el padre biológico. -En caso que el menor no haya nacido dentro de un matrimonio y el varón reconoció la paternidad del niño, creyendo que era el padre, puede recurrir al proceso judicial de anulabilidad del reconocimiento, donde demostrará mediante prueba de ADN que no existe vínculo sanguíneo.

SANCIONES

Aquella madre que atribuye una falsa filiación (paternidad del niño) puede ser condenada a una pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cinco años. -La madre podría ser demandada por ese padre engañado y obligada a pagar los daños morales y económicos que ocasionó su mal proceder.

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