A lo largo del 2022, diversas figuras del espectáculo han iniciado los trámites para que obtengan la tenencia compartida de sus hijos. Sin embargo, algunos procesos han sido desestimados y aquí le comentamos el por qué.
Según alertan especialistas en cuidado de la infancia y organizaciones de mujeres, la norma impone este esquema sin revisar las circunstancias específicas de cada caso; por ejemplo, si uno de los padres ha sido acusado o sentenciado por maltratar a su expareja.
Es decir, no evaluar esa situación pone en riesgo físico y emocional a los hijos e hijas, porque la violencia impacta también en ellos. Si el padre ejerce violencia sobre la madre, eso se transfiere a los niños, que son las personas más vulnerables dentro de la familia.
En qué casos se debe solicitar
Harold Velazco, docente de la Escuela de Derecho de la Universidad Norbert Wiener, explica que este proceso es recomendable cuando existe una buena relación entre los progenitores, no obstante, también genera oposiciones frente a la misma, debido a que el hijo e hija no tendrá la estabilidad de desarrollarse en un ambiente determinado, sino que será en dos entornos distintos.
Respecto a una manutención, lo que se busca es que un menor de edad mantenga un nivel de vida similar al que ostentaba cuando sus padres estaban juntos. Por ello, si hay posibilidades económicas más holgadas por parte de alguno de los progenitores, el juez impondrá el pago de una pensión alimenticia a pesar de que existe una tenencia compartida.
Asimismo, el especialista en derecho familiar menciona que, al tratarse de un viaje del niño, niña o adolescente fuera del país ya sea solos o acompañados por uno de sus padres, es obligatoria la autorización de ambos padres con certificación notarial. Sin embargo, en caso el viaje se realice al interior del país, solo bastará la autorización de uno de los padres.
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Distintas instituciones de amparo y cuáles son sus diferencias
Patria potestad: Este término hace referencia a los derechos y deberes que tiene los padres respecto a sus hijos e hijas con el fin de velar por su desarrollo, proveer su educación y protegerlos. Además, representarlos legalmente mientras no adquieran la capacidad de ejercicio y la responsabilidad civil.
Tenencia exclusiva: Para determinar este derecho que le corresponde al padre y a la madre, el juez tomará en cuenta factores importantes como que el menor deberá permanecer con el progenitor con quien convivió mayor tiempo, siempre que le sea favorable, y el menor de tres años permanecerá con la madre. A partir de los siete años, el menor será escuchado y podrá decidir. En consecuencia, para el que no obtenga la tenencia, debe señalarse un régimen de visitas.
Régimen de visitas: Esta figura jurídica permite la constancia de las relaciones entre los menores y el padre o la madre que no ejerce la tenencia. Este es un derecho de los hijos que repercute en su desarrollo emocional y mental con el fin de consolidar la relación paterno/materno filial. Para ello, el juez dispone un régimen adecuado al interés del niño y del adolescente priorizando su bienestar emocional.
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“Sobre una revocatoria de la tenencia compartida a uno de los padres, no existe una disposición normativa al respecto, pero desde la doctrina se propone que en caso de que uno de los padres sea investigado por un delito doloso o por violencia familiar, el juez a pedido de parte debe disponer de forma provisional la utilización de medios digitales para mantener el vínculo parental hasta que culmine el proceso de tenencia”, menciona el experto en derecho de familia.
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