El polémico caso de violación que involucra al hijo de Rodolfo Gaitán Castro, Piero Gaitán Castro, y al actor de ‘Ven, baila quinceañera’, Javier Dulzaides, sigue dando qué hablar. Y es que el famoso cantante peruano salió en varios canales a defender la inocencia de su hijo a capa y espada.
En entrevista con el programa periodístico Panorama, Rodolfo Gaitán Castro denunció que Javier Dulzaides ya salió del país tras la denuncia por violación en contra de él, de su hijo y de Diego Tessalio Núñez Pérez. La víctima es una joven anfitriona de 23 años que aseguró que la doparon y ultrajaron en un departamento de Miraflores.
"(Javier) Dulzaides, él no apareció nunca, el desapareció. Está escondido. Es más, yo sé que está fuera del país porque él es cubano. Si estuviera Javier él diría porque el único amigo de Piero ahí era Javier", dijo Rodolfo Gaitán Castro en entrevista con el programa Panorama.
"Yo conozco a Javier (Dulzaides) desde niño. Javier siempre ha sido un niño muy protegido por Mariloli y por Javier Dulzaides papá. Cualquier cosa siempre salia Mariloli. ¿Por qué se esconde Javier? Que salga para que diga que Piero no hizo nada. Por favor Mariloli", declaró Roldofo Gaitán Castro.
Pero Rodolfo Gaitán Castro no solo se fue en contra de Javier Dulzaides. El cantante también denunció que los familiares de Diego Tessalio Núñez Pérez habrían pagado a la policía y a la denunciante para que cambie su versión de los hechos y acusara a Piero Gaitán Castro de haberla violado.
Rodolfo Gaitán Castro siguió defendiendo la inocencia de su hijo y aseguró que ha contratado a cuatro expertos para que revisen el certificado del examen del médico legista, que resultó positivo para violación, pero según el cantante, es errado.
ACTUALIZACIÓN:
EL Décimo Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima DETERMINÓ:
ABSOLVER a PIERO RODOLFO GAITÁN GARCÍA, como autor, JAVIER DULZAIDES LÓPEZ y DIEGO MATHEO TESSALIO NÚÑEZ PÉREZ, como cómplices primarios, de la acusación fiscal formulada en su contra por el delito contra la Libertad Sexual -Violación de persona en incapacidad de resistencia- en agravio de la persona de Clave 78-2018;
MANDO: que consentida o ejecutoriada que sea la presente sentencia, se anulen los antecedentes que pudiera haber generado y se archive en forma definitiva;
Notificándose y Oficiándose.
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