El Poder Judicial ha reinstaurado la sentencia del 7 de septiembre de 2023, que impone a Magaly Medina una pena de dos años de prisión suspendida y una multa de 70 mil soles por difamación agravada contra el actor Lucho Cáceres. Esta decisión se produce después de que la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima revocara el habeas corpus concedido el 9 de agosto de 2024.
La instancia superior rechazó la demanda de habeas corpus presentada por el abogado Iván Paredes Yataco, que intentaba anular las sentencias contra la conductora de Magaly TV, emitidas por el Primer Juzgado Penal Liquidador de Lima, la Novena Sala Penal Liquidadora de Lima y la Sala Penal Transitoria, por difamación contra Lucho Cáceres.
La Segunda Sala Constitucional falló en contra de Medina, determinando que su demanda de habeas corpus no buscaba proteger un derecho constitucional, sino que pretendía una revisión constitucional de la sentencia en su contra. Además, concluyó que intentaba basarse en hechos no presentados durante el proceso penal. “Los hechos y el petitorio de la demanda no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado”, se lee en la resolución judicial.
Aunque inicialmente se pensó que había sido exonerada, la entidad aclaró que ‘La Urraca’ deberá cumplir su sentencia, ya que la nulidad anunciada a principios de agosto quedó sin efecto. La resolución establece que la revisión de la culpabilidad o inocencia de un condenado no corresponde a la vía constitucional, como intentaba el representante de Magaly Medina.
Por lo tanto, se reafirmó la sentencia que obliga a la esposa de Alfredo Zambrano a pagar una reparación civil de 70 mil soles a favor de Lucho Cáceres, además de una multa de 9 mil soles al Estado, todo dentro de un plazo de seis meses.
Contenido GEC