Jonathan Sarmiento, también conocido como John Kelvin, fue puesto en libertad por segunda vez este 4 de julio. El Poder Judicial aprobó la petición de liberación presentada por la defensa del artista.
El cantante sorprendió al salir con un nuevo look y sosteniendo la imagen de San Judas Tadeo. Es preciso recordar que la primera vez que fue puesto en libertad se le vio sosteniendo una imagen de la Virgen de Guadalupe.
La noticia de su liberación causó gran conmoción en los medios de comunicación, ya que previamente había regresado al penal de Lurigancho para cumplir una condena de 21 años por agresión física.
Se sabe que el artista deberá cumplir una serie de medidas impuestas por el sistema judicial peruano. Entre las restricciones que deberá asumir está una orden de alejamiento de 200 metros hacia Dalia Durán.
¿Qué restricciones deberá cumplir John Kelvin para no regresar a la cárcel?
John Kelvin debe cumplir nueve restricciones impuestas por el Poder Judicial tras su liberación. Estas medidas incluyen que se presente dos veces al mes ante la Judicatura para informar sobre sus actividades.
También se le prohíbe discutir en los medios de comunicación el caso que lo llevó a prisión. En caso de que Jonathan Sarmiento incumpla alguna de estas normas, será enviado de inmediato de vuelta a la cárcel.
- Prohibición de acercarse a la agraviada en un radio de 200 metros.
- Prohibición de comunicarse con la agraviada a través de cualquier medio de comunicación.
- Prohibición de mencionar cualquier aspecto del presente caso o referirse a la agraviada en cualquier medio de comunicación.
- Prohibición de contactarse o comunicarse con las personas que han sido o pudieran ser comprendidas como testigos en el presente proceso.
- El pago de una caución económica que se fija en la suma de dos mil (2.000), debiendo hacer efectivo su pago en el Banco de la Nación, dentro de los 10 días hábiles de emitida la siguiente resolución.
- No ausentarse de la localidad donde reside sin autorización judicial.
- Obligación de presentarse ante la autoridad judicial, fiscal y policial todas las veces que sea requerido.
- Presentarse cada 15 días a dar cuenta de sus actividades y registrarse en la Oficina de Control Biométrico.
- Prohibición de concurrir a lugares donde se expidan bebidas alcohólicas (licor), salvo que tenga necesidad de desempeñar su actividad artística.