No todo es alegría. de Arequipa recibió una mala noticia por parte de la que le impuso una "multa y advertencia" al cuadro rojinegro que acaba de lograr su pase a la fase de grupos de la . La expulsión de un pasapelotas fue la razón de la sanción impuesta.

Este jueves, la Conmebol publicó las sanciones para los clubes que participaron en la segunda fase de la Copa Libertadores 2019 y Melgar está en la lista. Al cuadro rojinegro se le impuso una multa de 10 mil dólares y una advertencia por haber infringido el artículo 110 punto 2 del reglamento del certamen.

El artículo 110 punto 2 del Reglamento de la Copa Libertadores 2019 dice a la letra que "para cada pasapelota que es expulsado por el árbitro durante el partido por retrasar la reposición de la pelota, por no estar en su posición o por no seguir las instrucciones pasadas antes del inicio del partido, se aplicará una multa de USD 10.000. Siendo así, se recomienda fuertemente que los clubes locales instruyan a sus pasapelotas a seguir las instrucciones del 4º Árbitro".

El hecho por el que fue sancionado Melgar sucedió el pasado 5 de febrero en el choque de ida por la segunda fase de la Copa Libertadores disputado en Arequipa. Melgar ganó 1-0 ese partido y fue a Chile a asegurar la clasificación con un empate sin goles.

Ahora, el rojinegro se alista para el debut en la fase de grupos de la Copa Libertadores donde enfrentará a San Lorenzo en casa. Esta sanción debe ser considerada a fin de no seguir acumulando descuentos por los pagos de derechos de televisión.

La publicación de Conmebol sobre la sanción y advertencia a Melgar reza lo siguiente:

El Juez Único del Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL,

RESUELVE

1º. IMPONER al FOOT BALL CLUB MELGAR una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el FOOT BALL CLUB MELGAR de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. ADVERTIR expresamente al FOOT BALL CLUB MELGAR que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 21TER del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

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