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Fiscal que recibió el caso de terramoza ultrajada dice que no hubo pruebas de que acusados fueran violadores

Fanny Uribe Tapahuasco indicó que recibió una llamada telefónica de la PNP para reportar el caso de la violación de terramoza, pero asegura que efectivos no mostraron la documentación pertinente.
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Fanny Uribe Tapahuasco

¡Para no creerlo! La fiscal que recibió elen una unidad de transporte de la empresa Palomino aseguró que no hubo negligencia de parte de su despacho y,

Fanny Uribe Tapahuasco es la encargada de la 23 Fiscalía Provincia Penal. Su despacho fue el encargado de recepcionar el testimonio de la terramoza violada en Nazca, la misma que acusó a Daniel Pérez Fierro y Marcelino Palacios, chofer y copiloto de la unidad, de haberla drogado y violado.

"Yo recibió una comunicación telefónica el día 7 de junio a las 5:17 de la tarde. Efectivamente, de la violación de una señorita de 25 años por dos sujetos. Pero fue una comunicación telefónica oral, sin documentación", dijo la fiscal dejando entrever una negligencia de los agentes de la Depincri de La Victoria.

En ese sentido, indicó que se vio imposibilitada de proceder sin la documentación pertinente. "Con qué medio probatorio yo me voy ante el juzgado, con qué pericias me voy, cómo es que yo acredito que los señores son violadores ¿cómo? Ni siquiera contaba con las pericias, la cadena custodia, la documentación pertinente. Entonces ¿cómo es que yo podía abocarme al caso?", dijo al referido medio.

Pero quizá lo más indignante de su testimonio llegó cuando, a pesar de que el examen del médico legista dio positivo para violación y de la confesión de ambos sujetos, la fiscal dijo necesitar más pruebas.

"Se necesita prueba idónea porque nadie puede vulnerar el debido proceso, todos tienen derecho a la defensa. Ellos aceptaron, pero eso tenía que ser cotejado con pericias", explicó la fiscal Fanny Uribe Tapahuasco.

Según la fiscal recibió a la victima de violación en su propio despacho, pero fue allí que, una vez que la fiscal adjunta escuchó su testimonio, paralizó la diligencia al percatarse que el ultraje tuvo lugar en Nazca y no en Lima, donde está su jurisdicción.

Finalmente, Uribe Tapahuasco explicó que el plazo de flagrancia había concluido y que no existía una orden de detención para Daniel Pérez Fierro y Marcelino Palacios, sino un documento de retención. Esto hizo que Karina Toledo Wong no definiera la situación legal de los acusados y pasara a liberarlos.

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