La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) implementó un sistema gratuito de consulta vía Internet, para conocer si el trabajador en planilla tendrá beneficio de devolución automática de una parte del Impuesto a la Renta (IR) por gastos adicionales deducibles.
Así que, si la noticia de que la devolución del Impuesto a la Renta será automática te pareció buena, esta iniciativa de la Sunat también facilitará las cosas.
Tan solo registrando su número de DNI, el código de verificación (último dígito que figura al ladito de los 8 que tiene el DNI) y la fecha de nacimiento, el trabajador en planilla de quinta categoría podrá ingresar a la página web de la Sunat y hacer la consulta respectiva. Para acceder al enlace de consulta de la Sunat puede hacer click aquí.
¿TODOS LOS DE QUINTA? NO. HAY REQUISITOS
Mariam Valdivia, gerente de Orientación y Servicio de la Sunat, precisó que se debe tener en cuenta que “los beneficiados son los trabajadores en planilla de quinta categoría cuyos ingresos durante todo el 2017 hayan sido mayores a 28, 350 soles y que hayan incurrido en gastos considerados deducibles (por arrendamiento de bienes inmuebles, por gastos de servicios profesionales como médicos u odontólogos, por crédito hipotecario y pagos por aportes a trabajadores del hogar)”.
¿LOS QUE EMITEN RECIBOS POR HONORARIOS – CUARTA CATEGORIA?
En el caso de los trabajadores de cuarta categoría, vía Internet, a través de su Clave SOL, también podrán conocer si son beneficiarios de la devolución de parte del Impuesto a la Renta (IR). Pero para hacer efectiva la devolución deberán seguir haciendo su declaración jurada anual y solicitud de devolución.
TOMA EN CUENTA
*Todos los trabajadores en planilla tienen derecho a deducir de sus ingresos 7 UIT.
*El monto adicional (a las 7 UIT) a deducir del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2017 es máximo hasta 3 UIT (12, 150 soles, porque el valor de la UIT era de S/4.050 en el 2017).
*Para que los gastos adicionales den derecho a la deducción adicional, deberán estar debidamente sustentados en comprobante de pago y bancarizados.
* Si corresponde, sin necesidad de trámite, en abril le harán la devolución automática en la cuenta de haberes informada a la Sunat por el empleador del trabajador.
*Si no está de acuerdo con el monto a devolver o considera que tiene un monto que en la consulta on line no figura, tendría que presentar su Declaración con Clave Sol (a través del portal Sunat) y consignar los gastos que considere le dan derechos a la deducción y posterior devolución del saldo a favor.