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‘Habla, Señora Ley’: Cómo actuar y a dónde acudir si difunden tus fotos o videos íntimos

¿Te chantajean con la difusión de videos o fotos íntimas? ¿Tu expareja ha compartido con sus amigos las fotos que le enviabas solamente para él? La doctora Rosario Sasieta te dice dónde denunciar y cuántos años de cárcel puede afrontar el culpable. Hoy escribe sobre la violación a la intimidad.
Habla, Señora Ley

Esta es la segunda columna de la reconocida abogada Rosario Sasieta en Trome. Todos los lunes, la ‘Señora Ley’ ayudará a conocer y entender los derechos que amparan a las mujeres en nuestra sociedad, aquellos que deben ser respetados y defendidos siempre, sin excepción. Comencemos:

¡Hola, mujer Trome!

Hace algunas semanas estaba en una reunión muy importante cuando mi celular empezó a sonar insistentemente. No podía contestar.

Cuando terminé, vi que me habían enviado un mensaje por WhatsApp. “Doctora, rompí con mi enamorado y ahora él está divulgando las fotos íntimas que le envié. Necesito su ayuda”.

La llamaré Fátima. Era una jovencita de Los Olivos. Estudiaba la carrera de Administración y Negocios Internacionales y estaba a punto de graduarse. Luego diré porqué digo que ‘estudiaba’.

MIRA: ‘Habla, Señora Ley’: Datos para detectar el maltrato psicológico y dónde denunciar | COLUMNA

Fátima tenía una relación con Álex. Se habían conocido en las clases de Integración Económica Internacional en el sétimo ciclo. Él la ayudaba con las tareas y a veces se quedaban hasta muy tarde repasando algunos cursos. Fue en esa convivencia universitaria que ambos se hicieron enamorados.

Álex era un muchacho educado, inteligente, caballero y tenía serios propósitos con Fátima.

Pero con la pandemia dejaron de frecuentarse y su relación se volcó a las videollamadas y con ello a la práctica del ‘sexting’, una actividad a la que muchas parejas jóvenes han recurrido en los últimos años.

(El sexting consiste en enviar mensajes, fotos o videos eróticos mediante redes sociales o correo electrónico).

Cuando Fátima vio que la relación no funcionaba decidió ponerle fin. Una idea que Álex tomó con rabia. Dominado por el despecho, el exenamorado empezó a difundir entre sus contactos las fotos y los videos íntimos de Fátima: familia, amigos, compañeros de clases, etcétera.

Fátima jamás lo hubiera imaginado, pero sucedió y cayó en cuenta que la divulgación de fotos y videos íntimos no solo sucede con los personajes de televisión, sino con cualquier persona.

La vergüenza hizo que Fátima se deprimiera. Abandonó los estudios pocos meses antes de graduarse. Además, tuvo que cerrar sus cuentas en Facebook e Instagram por el acoso.

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Cuando le dijeron a Fátima que lo que estaba haciendo Álex era un delito muy grave, acudió a mí.

Mujer, el derecho a la intimidad es el aspecto de la vida personal que no puede ni debe ser observada. Esta abarca la privacidad personal y reservada de cada ser humano, la misma que es objeto de protección. Se protege el ámbito de la vida íntima personal y familiar.

¿QUÉ ES LA VIOLACIÓNA A LA INTIMIDAD?

Se le atribuye esta conducta a la persona que viola la intimidad de la vida personal o familiar ya sea observando, escuchando o registrando un hecho, palabra, escrito o imagen, valiéndose de instrumentos, procesos técnicos u otros medios. Si se revela la intimidad que se ha conocido o se usa algún medio de comunicación, esta conducta puede ser sancionada hasta con 4 años de cárcel.

La violación a la intimidad también puede darse bajo las siguientes modalidades:

  1. A través de la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual de cualquier persona, los cuales fueron obtenidos con consentimiento de la víctima pero difundido sin la autorización de esta. Esta conducta puede ser sancionada de 2 a 5 años de cárcel.
  2. Si existió relación de pareja con la víctima o se utilizó las redes sociales para generar una difusión masiva, la sanción puede ser de 3 a 6 años de cárcel.
  3. Organizando, proporcionando o empleando cualquier archivo que tenga datos referentes a aspectos de la vida íntima de una persona, tales como fotografías o videos íntimos. Esta conducta se puede sancionar con 01 a 04 años de cárcel.

¿QUÉ ES EL GROOMING?

Es una técnica usada por un adulto, quien finge ser un menor de edad, para así ganarse la confianza de niñas, niños y adolescentes, esto con la finalidad de pedir imágenes y/o videos íntimos a las víctimas. En muchos casos se suelen concertar citas, la cuales lamentablemente terminan en violaciones sexuales.

Esta técnica se usa mucho en las redes sociales o videojuegos, lugares donde muchos menores navegan actualmente. El agresor inventa un perfil falso y comienza a ganarse la confianza de su víctima.

Según la Ley de Delitos Informáticos, aquella persona que a través de internet u otro medio similar contacta con un menor de 14 años para solicitar u obtener material pornográfico, o le propone llevar a cabo actos de connotación sexual, tendrá una pena de 4 a 8 años. Si la víctima tiene entre 14 a 18 años la pena será de 3 a 6 años de cárcel.

IMPORTANTE:

El riesgo de esta técnica llamada “grooming” es que una vez captada la víctima y habiendo obtenido las imágenes y/o videos íntimos, se da inicio a la manipulación y chantaje para obtener diversos beneficios ya sean sexuales o económicos. Asimismo, el material íntimo obtenido puede filtrarse en el mundo de la pornografía infantil.

¿QUÉ ES EL CHANTAJE Y QUÉ TIENE QUE VER CON LA VIOLACIÓN A LA INTIMIDAD?

Es el delito mediante el cual una persona amenaza a otra, a través de cualquier medio, para obtener un beneficio sexual. Se sanciona con una pena de 2 a 4 años de cárcel. En los casos donde se amenace a la víctima con la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual donde esta aparece o participa, la pena será de 3 a 5 años.

LA PORNOGRAFÍA INFANTIL:

En este delito se sanciona a la persona que posee, promueve, fabrica, distribuye, comercializa, etc., por cualquier medio imágenes, videos y otros donde participen menores de 18 años. La pena para este delito es de 6 a 10 años. En los casos donde la víctima tiene menos de 14 años o el material es difundido a través de medios de difusión masiva, la pena será de 10 a 15 años de cárcel.

8 CONSEJOS PARA EVITAR LA PORNOGRAFÍA INFANTIL:

  1. Siempre recomiendo a los papás mantener una buena comunicación con sus hijos, para que no haya temores en contarles cualquier situación que puedan estar atravesando.
  2. Explicarles los riesgos de exponer su información íntima y personal, para así evitar que terceros desconocidos y/o delincuentes puedan contactarlos. Evitando así el acoso sexual, el grooming, la pornografía, entre otros.
  3. Evitar tener fotos íntimas en equipos digitales como el celular, tablets, computadora, etc.
  4. Fijar horarios para el uso de aparatos electrónicos como computadoras, celulares, tablets y otros que cuenten con acceso a internet.
  5. Ubicar los aparatos electrónicos en lugares comunes de fácil acceso y supervisión para los padres.
  6. Instalar y/o contar con un programa de control parental para conocer las paginas donde navegan nuestros hijos.
  7. De recibir un llamado “pack”, eliminarlo y no ser cómplices divulgándolo.
  8. No aceptar a personas desconocidas a las redes sociales.

¿DÓNDE DENUNCIAR?

Ante la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología (DIVINDAT), en cualquiera de los siguientes medios:

BÚSCAME:

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