A través de una resolución ministerial publicada en el diario oficial El Peruano, el Estado estableció disposiciones para la contratación laboral de personas de nacionalidad venezolana con Permiso Temporal de Permanencia - PTP o Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional.
La resolución se aplica a la contratación de personas de nacionalidad venezolana sujeta al régimen laboral de la actividad del sector privado.
Asimismo, se deja en claro que el contrato de trabajo a que se refiere la presente norma, así como sus prórrogas y modificaciones, "se celebran por escrito y a plazo determinado".
Es importante mencionar que la vigencia del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional o del PTP constituyen condiciones necesarias para que se realice el contrato de trabajo, así como para sus prórrogas y modificaciones.
"Las partes pueden acordar que el contrato de trabajo se prorrogue automáticamente conforme a la prórroga del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional o del Permiso Temporal de Permanencia - PTP, por igual o menor plazo.", se lee en el documento.
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