Si bien actualmente los registros de nacimiento se realizan en línea, aún existen lugares en el país donde esta acta se escribe de forma manual, lo que genera problemas de omisión de datos o errores que se visibilizan cuando se solicita el documento de identidad (DNI) para el menor de edad.

Ante esta situación, el director de Registro Civiles del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), Luis Bezada Chávez, dio detalles de cuáles son los errores más frecuentes que ocurren en las actas de nacimiento y qué se debe hacer para subsanarlas.

Errores frecuentes

En declaraciones a Andina, el funcionario indicó que los errores más frecuentes se dan al momento de consignar el nombre del recién nacido, ya que suele ser diferente al que declara el padre, redactar de forma incompleta los datos de los progenitores o escribir la fecha de nacimiento de manera incorrecta.

Sostuvo que estas situaciones suelen ocurrir en zonas altoandinas y amazónicas en las que aún no llega el internet. “Estos errores u omisiones se presentan en las inscripciones manuales, cuando el registrador civil escribe a ‘mano limpia’ en el papel los datos que declaran los padres de familia. El problema salta al momento de solicitar el DNI, pues, para obtenerlo, es necesaria la partida de nacimiento y allí el Reniec verifica si los datos están conformes”, explicó.

¿Qué hacer?

En otro momento, Bezada recomendó a los padres de familia que revisen bien el acta de nacimiento elaborada por el registrador antes de firmarla, ya que es en ese momento en el que se pueden corregir las faltas.

  • En caso la partida tenga muchas correcciones, el Reniec ofrece un procedimiento de reconstrucción, mediante el cual los progenitores pueden solicitar el acta de nacimiento y, con los sustentos del caso, pueden acceder a una nueva.
  • En caso el acta presente omisión de datos de uno de los declarantes, el Reniec tiene el procedimiento de rectificación administrativa, que es totalmente gratuito. En este caso, si el responsable de la falla es el registrador civil, se resuelve inmediatamente, pero si es el declarante, este tiene que publicar un edicto para que la entidad efectúe la corrección.

Números de contacto

En caso necesite mayor información sobre el tema o tenga otra consulta, los ciudadanos pueden comunicarse al teléfono 0800-11040, o a la central telefónica 315-2700, 315-4000. También pueden acceder al .



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