Rutas de Lima señaló que la resolución judicial que ordena la interrupción del cobro de peajes en Puente Piedra representaría una amenaza “significativa” a lo establecido por el artículo 62 de la Constitución.
Rutas de Lima señaló que la resolución judicial que ordena la interrupción del cobro de peajes en Puente Piedra representaría una amenaza “significativa” a lo establecido por el artículo 62 de la Constitución.

Después de que se informara que el Poder Judicial decretó la suspensión del cobro de peajes en el distrito de Puente Piedra, la compañía expresó su desacuerdo con la decisión y afirmó que se verían afectados sus derechos conforme al contrato establecido con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).

TROME - Rutas de Lima rechaza medida judicial que suspende cobro de peajes en Puente Piedra: “Que se respete nuestra libertad de empresa”
Rutas de Lima rechaza medida judicial que suspende cobro de peajes en Puente Piedra. VIDEO: CANAL N

“Conforme a la propia Constitución Política del Perú, los juzgados comerciales (como el Sétimo Juzgado Civil-Comercial de Lima) no tienen competencia para pronunciarse respecto a la validez de las disposiciones contenidas en el Contrato de Concesión firmado entre RDL y la MML”, expresó la concesionaria en su comunicado.

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Igualmente, Rutas de Lima afirmó que la única entidad con la competencia adecuada para abordar cualquier disputa relacionada con el contrato de peajes, incluyendo su validez, es un tribunal arbitral.

“En este momento existe un tribunal arbitral que está encargado de resolver las controversias en curso entre Rutas de Lima y la MML. Dicho tribunal ha ordenado que se mantenga el status quo de la concesión mientras se resuelve el arbitraje en curso, lo cual incluye el cobro de los peajes correspondientes a todas las unidades de peaje de la Concesión”.

Rutas de Lima se ampara en la Constitución

Además, Rutas de Lima señaló que la resolución judicial que ordena la interrupción del cobro de peajes en Puente Piedra representaría una amenaza “significativa” a lo establecido por el artículo 62 de la Constitución, el cual salvaguarda los contratos y establece que sus términos no pueden ser alterados por disposiciones de ningún tipo.

“Es importante precisar que la referida medida cautelar no tiene vinculación alguna con el proceso de habeas corpus que actualmente se tramita ante el Tribunal Constitucional [...] Rutas de Lima es respetuosa de los fueros jurisdiccionales y acata sus decisiones”.

Por último, Rutas de Lima anticipó que, en caso de ser notificada, tomará las medidas correspondientes para “hacer valer sus derechos legales y constitucionales” frente a posibles perjuicios que puedan afectar tanto a la concesionaria como a sus inversionistas.

“Rutas de Lima viene siendo objeto de una campaña de desprestigio y de una serie de declaraciones difamatorias, incluyendo por parte de la MML. Invocamos a que se respete nuestra libertad de empresa y a que las autoridades garanticen la seguridad e integridad de nuestros colaboradores”.

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