El Pleno del Congreso aproboó séptimo retiro de los aportes al fondo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hasta por 4 UIT (S/ 20,600) y, en caso el Ejecutivo no realice alguna observación, el dictamen será ley previa promulgación en el diario oficial El Peruano. ¿Y cómo sería el desembolso de este dinero?
La iniciativa posibilita el retiro extraordinario y facultativo de parte de los fondos acumulados para todos los afiliados, alrededor de 7 millones, al Sistema Privado de Pensiones (SPP), sin excepción.
Tomando como ejemplo los anteriores procesos, el retiro se realiza en bloques de una UIT cada 30 días. Los afiliados podrán presentar sus solicitudes física o virtualmente en un plazo de 90 días calendario posteriores a la publicación de la Ley. Una vez recibida la solicitud, la AFP efectuará un pago cada 30 días.
Se estima que el primer pago será de 1 UIT (S/5.150) dentro de los 30 días posteriores a la solicitud.
El segundo pago también sería de 1 UIT (S/5.150) y se efectuará dentro de los 30 días siguientes al primer desembolso.
El tercer pago sería de una 1 UIT (S/5.150) y se realizará dentro de los 30 días posteriores al segundo desembolso.
Finalizaría con un cuarto pago que sería, al igual que los anteriores, de una 1 UIT.
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