La Fiscalía de la Nación dispuso iniciar diligencias preliminares contra, en su condición de presidente, por presunta comisión del delito contra los poderes del Estado y el orden constitucional, en la modalidad de rebelión, en agravio del Estado.

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Dicho delito está contemplado en el artículo 346° del Código Penal. Alternativamente, se le investigará por el presunto delito de conspiración, según el artículo 349° de dicho dispositivo legal.

En un mensaje a la Nación, Pedro Castillo había anunciado el cierre temporal del Parlamento y la convocatoria a nuevas elecciones parlamentarias, comicios que debían efectuarse en nueve meses.

El entonces mandatario había indicado que esta decisión la tomó en atención al “reclamo ciudadano a lo largo y ancho del país”, con la finalidad de restablecer el estado de derecho.

“A cuyo efecto se dictan las siguiente medidas: disolver temporalmente el Congreso de la República e instaurar un gobierno de emergencia excepcional. Convocar en el más breve plazo a elecciones para un nuevo Congreso con facultades constituyentes para elaborar una nueva Constitución en un plazo no mayor de 9 meses”, afirmó.

También dispuso que a partir de la fecha y hasta que se instaure el nuevo Congreso se gobernará mediante decretos de ley, además de un toque de queda nacional a desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

El exmandatario también había declarado en reorganización el sistema de justicia, es decir, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y el Tribunal Constitucional (TC).

Tras ello, con 101 votos a favor, 6 en contra y 10 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó en una sesión adelantada la vacancia por incapacidad moral de Castillo Terrones.

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Estos son los congresistas que votaron en contra o en abstención de la vacancia tras el Golpe de Estado
el Congreso de la República adelantó el debate y la votación por la vacancia presidencial tras el Golpe de Estado. Así, Pedro Castillo fue vacado con 101 votos a favor, 6 en contra y 10 abstenciones.

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