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y suplentes en las elecciones del próximo 2 de octubre, fueron publicadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a través de sus 93 oficinas descentralizadas a nivel nacional,

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El ente electoral informó que el lunes 15 de agosto las ODPE publicaron las listas de miembros de mesa luego de concluido el proceso de tachas que comenzó tras la publicación preliminar de los nombres seleccionados por sorteo el pasado 23 de julio.

La ONPE recordó que la Ley Orgánica de Elecciones dispone que el cargo de miembro de mesa es irrenunciable.

Sin embargo, tras la publicación de la lista definitiva, los ciudadanos sorteados pueden ejercer formular una excusa por “grave impedimento físico o mental”, por tener que ausentarse del territorio nacional, ser mayor de 70 años o algún otro impedimento en el artículo 57 de la norma.

¿Quiénes pueden excusarse de ser miembro de mesa?

La ley electoral tiene causales que permiten tramitar una excusa para no cumplir la labor de miembro de mesa. Estas son:

  • candidatos y personeros de organizaciones políticas
  • funcionarios y/o servidores de los organismos del Sistema Electoral Peruano
  • miembros del Ministerio Público que realizan funciones en la jornada para impedir delitos electorales
  • funcionarios de la Defensoría del Pueblo que hacen supervisión electoral

La ONPE incluyó, a través de la Resolución Jefatural N° 002595-2022-JN/ONPE, otras causales:

  • mujeres gestantes o que tengan hijos de dos años o menos
  • ciudadanos con mayores probabilidades de tener complicaciones si contraen COVID-19 (afecciones cardíacas, enfermedades pulmonares, cáncer, diabetes, obesidad, hipertensión arterial y otras dolencias)

¿Cómo tramitar excusa para ser miembro de mesa?

La excusa se puede presentar en un plazo de hasta cinco días hábiles tras la publicación definitiva de la lista de miembros de mesa.

El ciudadano no debe tener multas electorales por omisión de sufragio y debe tener los documentos que sustenten su causal en español o contar con una traducción oficial adjunta.

Además de las excusas, los miembros de mesa pueden presentar una justificación a la inasistencia. Esto, en caso hayan tenido una enfermedad debidamente acreditada.

La justificación deberá presentarse con certificado médico hasta 5 días naturales previos a la fecha de la elección (2 de octubre) y, excepcionalmente, al día siguiente ante el Jurado Electoral Especial.

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