TROME | Poder Judicial archiva el proceso contra Nadine Heredia. Video: RPP
TROME | Poder Judicial archiva el proceso contra Nadine Heredia. Video: RPP

La ex primera dama Nadine Heredia quedó sin la condena de 15 años por lavado de activos, podrá regresar al Perú y dejó de tener órdenes de captura en su contra, luego de que la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional extendiera los efectos de una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que favoreció al expresidente Ollanta Humala. El colegiado también dispuso el archivo definitivo del proceso por los presuntos aportes a las campañas electorales de 2006 y 2011.

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La resolución judicial fue emitida en el marco de la decisión del TC que anuló el proceso seguido contra Humala. Para la sala superior, los argumentos establecidos por el máximo intérprete de la Constitución sobre los aportes cuestionados también alcanzaban a los demás procesados, debido a que todos fueron incluidos bajo una misma matriz de hechos.

Nadine Heredia, con su hijo, durante un paseo en su asilo en Brasil.
Nadine Heredia, con su hijo, durante un paseo en su asilo en Brasil.

Heredia había sido condenada a 15 años de prisión el 15 de abril de 2025 por el delito de lavado de activos agravado. Ese mismo día, tras conocer la sentencia, se asiló en la embajada de Brasil en Lima. Posteriormente, Brasil le concedió asilo político y desde entonces permanece en ese país.

LA DECISIÓN QUE BENEFICIÓ A LA EXPRIMERA DAMA

La defensa de la esposa de Humala solicitó que los efectos del fallo constitucional también fueran aplicados a su patrocinada. El argumento central fue que los hechos atribuidos a ambos tenían el mismo origen: los presuntos aportes provenientes del Gobierno de Venezuela y de Odebrecht para las campañas presidenciales de 2006 y 2011.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional aceptó ese planteamiento. En su resolución sostuvo que mantener el proceso contra Heredia implicaría una contradicción jurídica, pues se estaría considerando inválido el mismo sustento respecto de Humala, pero válido para quienes fueron procesados junto a él.

“Mantener la persecución contra Nadine Heredia exigiría afirmar, para los mismos fondos y dentro de una imputación conjunta, la validez de los presupuestos típicos que la sentencia constitucional descartó respecto del coimputado”, señaló el colegiado.

Los jueces consideraron, además, que el criterio del Tribunal Constitucional no tenía un carácter exclusivamente personal para Ollanta Humala. Según la resolución, existía una razón objetiva relacionada con la falta de relevancia penal atribuida a los financiamientos electorales de las campañas de 2006 y 2011.

Por ello, la sala aplicó el denominado principio de efecto extensivo favorable y anuló el proceso penal respecto de los demás coimputados. La medida alcanzó también a Ilán Heredia, Antonia Alarcón, Rocío Calderón, Mario Torres, Santiago Gastañadui, Eladio Mego y otros involucrados en el expediente.

Ollanta Humala salió de prisión por orden del Poder Judicial y tras fallo del TC Foto: Cesar Bueno / @photo.gec
Ollanta Humala salió de prisión por orden del Poder Judicial y tras fallo del TC Foto: Cesar Bueno / @photo.gec

ARCHIVO DEFINITIVO Y SIN ÓRDENES DE CAPTURA

Con la decisión judicial, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional ordenó el archivo definitivo del proceso penal. También dejó sin efecto las audiencias que habían sido programadas para revisar las apelaciones contra las condenas y sanciones impuestas anteriormente, debido a que ya no existía materia jurídica que revisar.

El colegiado dispuso, además, levantar las órdenes de captura, requisitorias, restricciones personales y medidas coercitivas que derivaran exclusivamente de este proceso. La resolución precisó que ello no alcanza a eventuales mandatos emitidos en investigaciones distintas.

En el caso de Nadine Heredia, la decisión tiene una consecuencia directa: ya no existe una orden de captura derivada de este proceso que le impida regresar al Perú. La exprimera dama permanece actualmente en Brasil, país que le concedió asilo político después de la sentencia dictada en su contra.

La resolución también ordenó comunicar lo decidido al Ministerio Público para que emita las disposiciones de archivo correspondientes en la investigación preliminar. La sala estableció que no podrá reabrirse el caso sobre la misma matriz fáctica que fue declarada constitucionalmente inválida.

El fallo también alcanzó a personas jurídicas vinculadas al expediente, entre ellas el Partido Nacionalista Peruano y Todo Graph S.A.C. Asimismo, se dejó sin efecto las medidas reales y órdenes de embargo que derivaran exclusivamente de la causa anulada.

De esta manera, el proceso por los presuntos aportes de Venezuela y Odebrecht a las campañas de Ollanta Humala quedó definitivamente archivado en el fuero penal, luego de que la decisión constitucional favorable al exmandatario fuera extendida a sus demás coimputados.

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