La ministra de Relaciones Exteriores del Perú, Ana Cecilia Gervasi Díaz, informó hace unos instantes que se le otorgó el “salvoconducto” a , esposa de , y a sus dos menores hijos, para que puedan viajar a México. Ello en atención a los tratados internacionales vigentes y “por humanidad” a pesar de que la ex primera dama tiene una investigación pendiente por organización criminal.

LEE TAMBIÉN: Lilia Paredes: Poder Judicial anula comparecencia con restricciones contra ex primera dama y podría salir del país

Atendiendo sus obligaciones internacionales y en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Cancillería ha procedido a otorgar los salvoconductos a las mencionadas personas”, dijo la canciller peruana.

Conforme a la Convención de Caracas de 1954, el Estado está obligado a dar inmediatamente, salvo casos de fuerza mayor, las garantías necesarias y el correspondiente salvoconducto”, añadió en conferencia de prensa.

Con ello, Lilia Paredes, que se encuentra refugiada en México desde las primeras horas del día, está expedita para abandonar el Perú y asilarse en el país azteca. Así mismo, la Cancillería del Perú declaró persona no grata al embajador mexicano, Pablo Monroy, y le da 72 horas para abandonar nuestro país, por interferir en nuestras políticas.

MIRA TAMBIÉN: Gobierno declara persona no grata a embajador de México y le da plazo de 72 horas para salir del país

Horas antes, se supo que la Segunda Sala de Apelaciones anuló el pasado 15 de diciembre la resolución que dictó comparecencia con restricciones para la ex primera dama Lilia Paredes y sus hermanos, Walter y David Paredes, con lo cual la esposa de Pedro Castillo, quien ya se encontraba en la embajada de México, podría salir del país a la espera solo del salvoconducto para dirigirse al aeropuerto sin miedo a ser detenida.

INVESTIGACIÓN FISCAL

La canciller Ana Gervasi anunció que el gobierno de México ha sido informado de que la señora Lilia Ulcida Paredes Navarro se encuentra comprendida en una investigación preparatoria como coautora del delito de organización criminal, previsto y sancionado por el artículo 317 del Código Penal del Perú, según consta en la disposición del fiscal provincial del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, de 19 de agosto del presente.


TE PUEDE INTERESAR




Contenido sugerido

Contenido GEC