Los adolescentes que cometan parricidio, homicidio calificado, feminicidio, lesiones graves, secuestro, trata de personas, violación sexual, robo agravado, extorsión, tráfico ilícito de drogas, podrán recibir penas no menores a los cuatro ni mayores a los seis años, pero en la cárcel.
Los adolescentes que cometan parricidio, homicidio calificado, feminicidio, lesiones graves, secuestro, trata de personas, violación sexual, robo agravado, extorsión, tráfico ilícito de drogas, podrán recibir penas no menores a los cuatro ni mayores a los seis años, pero en la cárcel.

Con ocho votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones, la Comisión de Justicia aprobó el dictamen que permite que los adolescentes de 16 y 17 años sean juzgados como adultos si cometen delitos graves como homicidio. En redes sociales, este polémico proyecto, de la autoría de los legisladores juan Burgos y Alejandro Muñante, es llamado Ley Bukele.

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La propuesta busca modificar los artículos 20 y 22 del Código Penal, así como los artículos 126, 162 y 163 del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Así, los adolescentes que cometan parricidio, homicidio calificado, feminicidio, lesiones graves, secuestro, trata de personas, violación sexual, robo agravado, extorsión, tráfico ilícito de drogas, podrán recibir penas no menores a los cuatro ni mayores a los seis años, pero en la cárcel.

El vicepresidente de la comisión, Alejandro Muñante (Renovación Popular) explicó a Trome que se busca que menores de 16 y 17 años “sean juzgados como adultos cuando cometan delitos graves, aunque recibirían el beneficio de la responsabilidad restringida, es decir el juez va a considerar su edad y tendrán ciertas concesiones, la pena sería atenuada”

Muñante dijo a nuestro diario que lo que se está aprobado es que los jóvenes que cometan delitos mencionados puedan recibir las penas que establece el Código Penal para cada delito, pero tomando en cuenta la responsabilidad restringida.

DURAS PENAS

Explicó que “si un delito señala que se puede dictar una pena no menor de 10 ni mayor de 20 años, con esta responsabilidad restringida, el juez deberá consignar una pena partiendo del mínimo, es decir, desde los 10 años hasta 11,12 y así. La responsabilidad restringida no se aplicaría si el adolescente ha cometido delitos de forma reiterativa, porque ya es una persona que perdió la noción de ciudadanía, es un criminal”.

”Actualmente, los jóvenes que cometen estos delitos solo son considerados infractores de la ley y reciben un internamiento de reclusión juvenil como Maranguita, por cinco a seis años. Con este cambio, tendrán una reclusión mayor en un penal, pero no se va a permitir que se junten con los mayores, porque queremos recuperarlos”, agregó. Muñante indicó que la propuesta podría ser aprobada en el Pleno, quizás en agosto.

SEPA QUE

El dictamen debe ser votado en el Pleno de la siguiente legislatura. Se necesitarán dos volaciones con mayoría simple de congresistas, es decir, 66 votos. O la mayoría simple de los parlamentarios presentes.

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