El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) anuló por mayoría la exclusión del candidato presidencial de Victoria Nacional, George Forsyth, y ordenó al Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 que emita nueva pronunciamiento, de cara a las Elecciones Generales del 2021.
Según la Resolución N° 0267-2021-JNE, el máximo organismo electoral consideró que el JEE debe recabar “medios de prueba idóneos” que acrediten si en efecto, el formato de la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) permitió o no discernir o elegir el año declarado respecto a los ingresos en el sector público y privado del postulante.
“La resolución adolece de motivación suficiente en esta materia, por lo cual, corresponde declarar su nulidad y devolver los actuados al JEE a fin de que, proceda con arreglo a ley”, dice el documento.
En ese sentido, el máximo organismo electoral remarcó que “corresponde que en lo posible, se recaben los medios de acreditación sobre la situación de las empresas de las que se dice percibió rentas el señor candidato durante el año 2019”.
Por lo tanto, el pleno del JNE, con los votos singulares de los magistrados Luis Carlos Arce Córdova y Jorge Armando Rodríguez Vélez, resolvió declarar nula la resolución del JEE de Lima Centro 1 y que emita un nuevo pronunciamiento sobr la situación de George Forsyth, acorde a las consideraciones expuestas.
Como se recuerda, el personero legal de Victoria Nacional alegó que el formato de hoja de vida “genera confusión”, pues el declarar los ingresos del año anterior se presta a dos interpretaciones: declarar los ingresos anteriores al año de la elección o los ingresos del año anterior al que se realizan la solicitud de inscripción de candidaturas.
“En el caso de nuestro candidato, interpretó el primer supuesto, por lo que declaró la proyección de sus ingresos del año 2020, tomando en cuenta que la elección es el 2021, hecho que no puede ser considerado como una omisión o incorporación de información falsa”, detalló.
“Nuestro candidato sí declaró sus ingresos, pero producto de la falta de precisión del formato, equivocó el año que debía declarar, lo cual no puede ser catalogado como omisión ni falsedad”, agregó.