El Congreso de la República aprobó un texto sustitutorio que modifica la jornada de votación de manera excepcional para el domingo 11 de abril de 2021, día en que se realizarán las Elecciones Generales.
Según el documento, debe instalarse la mesa de sufragio antes de las 07:00 de la mañana y efectuarse la votación hasta las 7:00 de la noche, en el marco de la emergencia nacional por el COVID-19.
“Solo en el caso que hubieran votado todos los electores que figuran en la Lista de Electores de la Mesa de Sufragio, puede el presidente declarar terminada la votación antes de dicha hora. Se deja constancia expresa de ello en el Acta de Sufragio”, señala.
Asimismo, las personas en grupos de riesgo para COVID-19, identificadas por las autoridades de conformidad con las normas emitidas por el Poder Ejecutivo, están exentas del pago de la multa por omisión al sufragio o por no asistir como miembros de mesa.
Para ello, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) debe habilitar una plataforma virtual para el trámite de justificación o dispensa que corresponda y emitir el reglamento respectivo.
En tanto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) debe hacer lo propio en relación al trámite de excusas para ser miembro de mesa. Todos los trámites señalados son gratuitos.
La capacitación de los miembros de mesa, personeros de los partidos y del personal involucrado puede ser desarrollada a través de medios virtuales, para lo cual los organismos electorales deben dictar las disposiciones que correspondan.
La instalación de las mesas de sufragio y los procesos de votación manual o electrónico y de escrutinio de los votos en mesa, así como el acopio de actas y ánforas, deben realizarse garantizando todas las medidas de control y seguridad sanitarias establecidas en el Protocolo Sanitario que determinen la ONPE y el Ministerio de Salud.