Política

Elecciones 2021: ¿Debo pagar mi multa para poder votar en la segunda vuelta?

Las personas que no acudieron a votar o que no cumplieron con ser miembros de mesa el 11 de abril sin una dispensa adecuada tienen una multa pendiente ante el JNE:

La multa por no acudir a votar ha sido aplicada a todas las personas que, el domingo 11 de abril, no cumplieron con acudir a su local de sufragio para ejercer su deber de votar. Adicionalmente, los miembros de mesa que no cumplieron con su función también han sido sancionados por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Según la Ley Orgánica de Elecciones y la información oficial del JNE, la multa por no haber votado y por no haber sido miembro de mesa entra en vigencia luego del día de la elección y tiene los siguientes montos:

Puedes revisar si tienes una multa electoral pendiente de pago . Solo se necesita ingresar el número de DNI para verificar si hay alguna sanción por cancelar.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha informado, ante la preocupación ciudadana y la cercanía de la fecha de la segunda vuelta (6 de junio), que pagar estas multas no es un requisito para poder ejercer el derecho a voto el próximo mes.

“Son procesos electorales distintos. Por lo tanto, puedes votar el 6 de junio sin problema alguno. Sin embargo, la multa aún quedará pendiente de pago”, informó la ONPE en redes sociales.

Esto significa que si tienes alguna multa sin pagar, podrás acudir a votar en la segunda vuelta del 6 de junio sin ningún inconveniente. Sin embargo, esto no anulará la sanción, que seguirá apareciendo como pendiente de pago en el portal del JNE.

Si una persona no va a votar por segunda vez en este proceso electoral el 6 de junio, la multa se sumará a cualquiera que todavía figure a su nombre en el JNE.

Los trámites que un ciudadano que tiene una multa pendiente de pagar por no haber acudido a votar son los siguientes:

Recuerda que si cumples con alguna de las justificaciones que la ONPE ha planteado para estas elecciones generales 2021, incluyendo el ser considerado como persona mayor de 65 años o con comorbilidad en medio de la pandemia de coronavirus (COVID-19), puedes tramitar anule la multa correspondiente.

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