La apropiación ilícita de un bien mueble será sancionada con multa por la Policía Nacional del Perú (PNP) cuando el infractor sea detenido en flagrancia, al margen del proceso penal que corresponda, en el marco de la lucha contra la inseguridad ciudadana.
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó, por mayoría, una iniciativa que plantea una multa administrativa desde 5 hasta el 20% de una unidad impositiva tributaria (UIT). Cabe recordar que una UIT asciende a S/ 4400.
De acuerdo con el dictamen sustentado por Leslye Lazo (Acción Popular), la finalidad de la propuesta es combatir la inseguridad ciudadana, estableciendo medidas que desalienten la comisión de faltas y delitos contra el patrimonio, además de brindar el marco legal para el ejercicio de la potestad fiscalizadora y regular el régimen sancionador de la PNP en esa materia.
La legisladora expresó la discrepancia de ese grupo de trabajo con la opinión de los especialistas que invitaron, de los ministerios de Justicia y del Interior, en el sentido que la norma ya existe y que es aplicada por parte del Estado.
Explicó que en el caso de que los sancionados no pagaran la multa respectiva no podrá realizar trámites civiles ni bancarios ni ante la Oficina Nacional de Migraciones.
De otro lado, la comisión aprobó, por mayoría, la propuesta legislativa del período anterior, presentada por el excongresista Miguel Castro Grandez (Fuerza Popular), que plantea la introducción del “daño emergente” como contenido de la indemnización.
El proyecto de ley propone cambiar el concepto de “daño moral, por “daño a la persona”, y el de “daño emergente”, dentro de la categoría de “indemnización”.