La Comisión de Constitución del Congreso de la República suspendió el debate del predictamen que incorpora el procedimiento de suspensión del presidente de la República por la causal de incapacidad temporal declarada por el Parlamento.
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El presidente de dicho grupo de trabajo, Hernando Guerra García (Fuerza Popular), indicó que el tema seguirá debatiéndose en los próximos días y se invitarán a especialistas para recoger sus opiniones.
Asimismo, dijo que también se pedirá el punto de vista de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, quien presentó una denuncia contra el mandatario Pedro Castillo ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
El documento propone modificar el artículo 68 del reglamento del Congreso con la finalidad de que la suspensión de un mandatario en funciones sea propuesta a través de una moción de orden del día.
Precisa que dicha moción deberá contar con las firmas de mínimo 20 congresistas para ser presentada y consignar “los fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta, así como de los documentos que lo acrediten”.
Del mismo modo, en la sesión siguiente a la dación de cuenta, el Pleno del Parlamento deberá evaluar si el pedido de suspensión del jefe de Estado es admitido a debate, que requiere el voto a favor de por lo menos 39 congresistas.
El debate y la votación se realiza entre el tercer y el décimo día desde que se admitió la moción. Al igual que el procedimiento de una vacancia presidencial, el mandatario podrá ejercer su derecho a defensa de manera personal o a través de un abogado por hasta 60 minutos.
Finalmente, para suspender al presidente de la República por la causal prevista en el inciso 1 del artículo 114 de la Constitución, se requiere la aprobación por mayoría absoluta del número legal de miembros del Congreso, es decir, más de 66 votos.