
¡Recibió 20 años de cárcel! Un cirujano dentista fue condenado a 20 años de prisión en Puno tras ser hallado culpable del delito de violación sexual de una la esposa de su amigo, quien se encontraba incapaz de dar su libre consentimiento. La Fiscalía presentó pruebas periciales y registros de cámaras de seguridad que permitieron sustentar la acusación.
La sentencia fue obtenida por la fiscal Carolina Ramos Cordero, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puno, contra Andy Joseph Montalvo Collantes, quien fue hallado culpable del delito contemplado en el artículo 172 del Código Penal, en agravio de una mujer identificada con las iniciales S.V.M.T.
Según la acusación fiscal, los hechos ocurrieron la madrugada del 14 de febrero de 2022, en un inmueble del jirón Ricardo Palma, en la ciudad de Puno.
Horas antes, el sentenciado había compartido bebidas alcohólicas con la víctima, el esposo de ella y otra persona. De acuerdo con la investigación, posteriormente, habría aprovechado que la mujer se encontraba inconsciente y no podía resistirse para ingresar al dormitorio donde descansaba y cometer la agresión sexual.
La Fiscalía sostuvo que las circunstancias en las que se encontraba la víctima le impedían otorgar su libre consentimiento.
CÁMARAS, ADN Y HUELLAS FUERON CLAVES PARA LA CONDENA
Durante el proceso judicial, el Ministerio Público presentó diversos elementos probatorios para sustentar la responsabilidad penal del acusado.
Entre las principales pruebas estuvieron las grabaciones de las cámaras de seguridad del inmueble, que fueron revisadas por la propia víctima debido a que no recordaba con claridad lo ocurrido.
También se presentó un informe pericial de homologación de ADN y un peritaje de papiloscopía forense, que estableció la presencia de huellas dactilares del acusado en un vaso ubicado dentro del dormitorio.
Según el Ministerio Público, estos elementos contribuyeron a corroborar los hechos materia de acusación y permitieron obtener la condena de 20 años de prisión.
La sentencia corresponde al delito de violación sexual de persona en incapacidad de dar su libre consentimiento, previsto en el artículo 172 del Código Penal.
Con este resultado, el Ministerio Público destacó la importancia de las pruebas científicas y de las diligencias de investigación para acreditar delitos contra la libertad sexual y conseguir sanciones penales.
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