El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo () recordó a la ciudadanía en general que, de acuerdo a la Ley 31152, las trabajadoras gestantes y lactantes que se encuentren en período de prueba o cumplan una jornada laboral a tiempo parcial de cuatro o menos horas diarias, también se encuentran protegidas contra el despido nulo.

El citado portafolio señaló que se considera como nulo a todo despido sufrido por la madre durante el tiempo de gestación o dentro de los primeros noventa días posteriores al nacimiento del niño, así como con ocasión de la lactancia, siempre que el empleador no acredite la existencia de una causa justa para aplicar esa medida.

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Esta especial protección se deriva de la obligación del Estado, los empleadores y la sociedad de proteger a la trabajadora gestante y lactante, así como al recién nacido, reconociendo que la gestación, la lactancia y la vida de un niño o una niña cumplen una función social que permite fortalecernos como colectivo y que bajo ese contexto resulta relevante garantizar la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral.

Cabe precisar que lo dispuesto por la legislación vigente es aplicable siempre y cuando se haya notificado al empleador de forma documentada antes del embarazo.

Las trabajadoras que consideren que su empleador no se encuentra cumpliendo con estas disposiciones legales, pueden contactarse con los teléfonos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE): 630-6000 y 630-6030; o con el de Sunafil (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral): 390-2780.

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