La norma se publicó por acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos.  (Foto: Andina)
La norma se publicó por acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos. (Foto: Andina)

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El Ministerio Público aprobó este martes la “Política Antisoborno”, la cual rechaza y prohíbe expresamente esta práctica en todas las instancias de la institución y dispone que se asignen recursos que garanticen su cumplimiento.

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La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 015-2022-MP-FN-JFS, publicada en el diario oficial El Peruano dispone que la medida alcanza a todo el personal fiscal y no fiscal, así como con los terceros con los que nos vinculamos.

“En el Ministerio Público, se rechaza y prohíbe expresamente el soborno en cualquiera de sus formas, ya sea de forma directa o indirecta, en relación con un funcionario, organismo público, una persona u organización privada, así como cualquier tipo de comportamiento o actuación que pueda suponer una violación de la normativa vigente en materia de soborno”, se lee en el documento.

“La Junta de Fiscales Supremos ha aprobado la presente Política Antisoborno y se han dispuesto los recursos y mecanismos necesarios para la adecuada implementación de un Sistema de Gestión Antisoborno alineado con los requisitos de la norma internacional ISO 37001 vigente, y el marco legal que nos aplica en materia de soborno, en el desarrollo de nuestras actividades, con el fin de prevenir, controlar y gestionar cualquier riesgo de tal acto delictivo al puede estar expuesto la entidad y sus integrantes”, agrega el texto.

Finalmente, la disposición indica que se han iniciado mecanismos y procesos internos seguros para garantizar la confidencialidad de las denuncias y comunicaciones recibidas, así como para proteger de cualquier tipo de amenaza o coacción a las personas que participen con nuestro objetivo de lucha contra el soborno

Bono anticorrupción

Esta política antisoborno se publica días después de que el Gobierno dispusiera otorgar un “bono excepcional anticorrupción” para los fiscales provinciales especializados en delitos de corrupción equivalente S/2,400 mensuales.

Según la norma que lo autoriza, dicho bono “no tiene naturaleza remunerativa, ni carácter pensionable, no constituye base de cálculo para beneficio alguno y su percepción se circunscribe únicamente al periodo del ejercicio de las funciones especiales”.

El decreto, que lleva también la firma del ministro de Economía, Óscar Graham, “aprueba las condiciones para el otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción previsto en la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365 (Ley del Presupuesto del Sector Público para el 2022)″.

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