Debido a la disminución de hospitalizaciones y número de fallecidos por las últimas semanas, el Gobierno aprobó las nuevas medidas que regirán desde este domingo 1 de mayo con el fin de reestablecer la convivencia social en nuestro país. Cabe precisar que las disposiciones no son para todas las regiones, sino solo para algunas, donde se ha reducido los niveles de contagio.

MÁS INFORMACIÓN: ¿Cómo cuidarnos cuando no sea obligatorio usar mascarillas?

Tal como consta en el Decreto Supremo N° 041-2022-PCM, que fue publicado el pasado 23 de abril en el diario oficial El Peruano, donde además se dispone la prórroga del estado de emergencia por 31 días calendario, a partir del 1 de mayo.

CADA UNA DE LAS NUEVAS MEDIDAS POR COVID-19 QUE REGIRÁN DESDE EL 1 DE MAYO

Mascarilla en espacios abierto será opcional

El uso de la mascarilla en espacios abiertos será opcional solo en los departamentos donde:

  • 80% de la población mayor de 60 años tenga las 3 dosis de la vacuna contra el COVID-19
  • 80% de la población mayor de 12 años tenga las dos dosis.

En ese sentido, solamente regirá en Lima Metropolitana, Lima provincias, Callao, Ica y Áncash.

MÁS INFORMACIÓN: Conozca más sobre en qué lugares no será obligatorio el uso de mascarillas
El uso opcional de mascarilla no se dará en todo el Perú (Foto referencial: EFE)
El uso opcional de mascarilla no se dará en todo el Perú (Foto referencial: EFE)

¿Cómo debe ser el uso de la mascarilla?

Se precisa la obligatoriedad de una mascarilla KN95 o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela). Estas deben ser usadas en las vías de uso público y en lugares cerrados como cines y centros comerciales.

Distanciamiento social

  • Solo en las instituciones educativas no es aplicable el distanciamiento físico o corporal no menor de un metro.
  • En el resto de las actividades sociales y comerciales se deberá respetar el distanciamiento físico, no menor de 1 metro entre personas.

Carné de vacunación

  • Los menores entre 5 y 17 años podrán ingresar a los coliseos y estadios deportivos solo si presentan su carné físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, la primera y segunda dosis de vacunación contra el COVID-19.
  • El resto de la población, desde los 18 años de edad, deberá acreditar las tres dosis de la vacuna contra el nuevo coronavirus para poder ingresar a coliseos y estadios deportivos.
  • Asimismo, es obligatorio el uso permanente de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela).
Tener tu carné de vacunación en el celular te ayudará a ahorrar tiempo. (Foto: Andina)
Tener tu carné de vacunación en el celular te ayudará a ahorrar tiempo. (Foto: Andina)

Ingreso a espacios cerrados

  • Los mayores de 18 años que ingresen a locales cerrados públicos o privados tienen que presentar su carné físico o virtual con las tres dosis de vacunación contra el COVID-19, además de usar mascarilla de manera permanente.

Aquí se encuentran centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines en zonas internas, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte.

Asimismo, clubes, locales de asociaciones deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños termales, gimnasios, notarías, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo, mesas de partes, salas de reuniones y eventos de instituciones públicas y privadas, así como colegios profesionales.

Para el caso de restaurantes o similares la(s) mascarilla(s) puede(n) ser retirada(s) solo al momento de ingerir los alimentos.

Es importante que cuando visite un restaurante todo el personal, tanto de cocina como de atención, cuente con las mascarillas y estén colocadas de manera correcta. (Foto: Joel Alonzo/GEC)
Es importante que cuando visite un restaurante todo el personal, tanto de cocina como de atención, cuente con las mascarillas y estén colocadas de manera correcta. (Foto: Joel Alonzo/GEC)

Transporte aéreo

  • Las personas de 12 años a más que ingresen a territorio peruano así sean solo pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación contra el COVID-19 en el Perú o en el extranjero, mientras que los mayores de 18 años deben acreditar tres dosis.
  • De no tener las vacunas, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar.

En el caso de que alguien tenga síntomas al momento de arribar a territorio peruano, ingresará a aislamiento obligatorio.

  • Asimismo, los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de 12 años residentes y no residentes, solo pueden abordar si acreditan haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación contra el COVID-19 en el Perú o en el extranjero, y la tercera dosis los mayores de 18 años que residan en el país.

En caso no hayan completado las dosis requeridas de acuerdo con su edad, deben presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar. Los menores de 12 años sólo requieren estar asintomáticos para abordar.

Para viajar vía aérea debes acreditar tus vacunas (Foto: Andina)
Para viajar vía aérea debes acreditar tus vacunas (Foto: Andina)

Transporte urbano, interprovincial y delivery

  • Los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 12 años, residentes y no residentes, solo pueden abordar si acreditan haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación, y la tercera dosis los mayores de 18 años que residan en el país.

Todos los pasajeros del transporte interprovincial y urbano terrestre deben respetar las normas sobre uso de mascarilla, así como los protocolos correspondientes.

Respecto, a los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los conductores que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si acreditan haber recibido las tres dosis de vacunación contra el COVID-19.

Todos los pasajeros del transporte interprovincial y urbano terrestre deben respetar las normas sobre uso de mascarilla (Foto: Andina)
Todos los pasajeros del transporte interprovincial y urbano terrestre deben respetar las normas sobre uso de mascarilla (Foto: Andina)

Centro laboral

  • Si una persona trabaja de forma presencial, debe acreditar haber recibido las tres dosis de vacunación contra el COVID-19.
  • En el caso de los trabajadores del sector privado que no cuenten con la aplicación de las tres dosis deben prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto.
El trabajo remoto sigue siendo una realidad con la que aún convivimos en 2022 (Foto: Alessandro Currarino / GEC)
El trabajo remoto sigue siendo una realidad con la que aún convivimos en 2022 (Foto: Alessandro Currarino / GEC)

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